El Sindicato de Guardavidas y Afines de Necochea-Quequén (SI.GU.CA.) expresa su apoyo a compañeros del Partido de la Costa que injustamente fueron reprimidos por la Policía Bonaerense el día 15 de enero último.
Estos guardavidas, que vinieron a Necochea apoyar a nuestro Sindicato del día 7 de enero en la Peatonal 83, exigió públicamente la reincorporación de 5 trabajadores cesanteados por parte del Municipio del Partido de la Costa.
Asimismo, se aclara que los manifestantes no cortaron la Ruta 11, sino que se expresaron al costado de la misma, repartiendo volantes a los turistas que llegaban de distintos lugares a fin de hacerles saber de 10 ahogados en la última temporada por falta de guardavidas.
Por su parte, SIGUCA reclama por los 4 cesanteados de la Municipalidad de Necochea en el año 2007 (existiendo orden judicial de reincorporación), por los 2 despedidos del Balneario terrazas en el 2009, y por la cobertura del sector entre los Balnearios “El Muelle” y “Sexto Sentido” (franja de 50 metros), que hasta el último fin de semana el Jefe de Guardavidas se niega a cubrir poniendo en riesgo la vida de la comunidad.
ENTIDAD DE GUARDAVIDAD,CREADA EN EL AÑO 1995 POR INICIATIVA DE LOS GUARDAVIDAS DE DIVERSOS SECTORES DEL PAIS QUE COMPRENDEN PARTIDO DE LA COSTA, PINAMAR, MAR DEL PLATA, BERISSO, PUNTA LARA,ENSENADA, AVELLANEDA Y ADHERIDAS COMO NEUQUEN.EL OBJETIVO ADEMAS DE NUCLEAR A LOS GUARDAVIDAS Y MEJORAR SUS CONDICIONES PROFESIONALES EN TODO LO QUE REFIERA A LA ACTIVIDAD. Personeria Juridica N°19.893
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sábado, 29 de mayo de 2010
NECOCHEA: Esta es la querella presentada contra el Intendente Municipal Daniel Molina en el Fuero de la Justicia Federal y que estaría cajoneada y que informáramos este lunes en Se comenta que…
Páginas 1 y 10 de la demanda
Esta presentación la realizó en la jornada del lunes 22 de junio ante el Juez Federal de Necochea luego del mediodía el Lic. Guillermo Petersen por violación a la ley 23.592 que penaliza los Actos Discriminatorios. La presentación completa.
FORMULA DENUNCIA-SE PRESENTA COMO QUERELLANTE -OFRECE PRUEBAS.
Sr. Juez Federal:
ALBERTO GUILLERMO PETERSEN, por derecho propio, con domicilio real en calle 28 nro. 3276 de la ciudad de Necochea, con el patrocinio letrado del Dr. JULIO MARIO RAZONA, Abogado, Tomo LXIX Folio 530 de la C.F.A.L.P., inscripto al T° IV F° 184 del Colegio de Abogados de Mar del Plata, Legajo CAPSA 35519-3, CUIT 20-11990809-5, I.B. 20-11990809-5, IVA resp. Monot, constituyendo domicilio legal en calle 71 nro. 1254 de esta ciudad, al Sr. Juez Federal respetuosamente me presento y digo:
I.- Objeto:
Que vengo a formular denuncia penal por la comisión del delito de violación a la ley 23592, (Penalización de Actos Discriminatorios), contra DANIEL ANSELMO MOLINA, de profesión médico, actual intendente de la Municipalidad de Necochea, domiciliado en 56 – 2965 de esta ciudad, en base a las siguientes consideraciones de hecho y derecho:
II.- Competencia Federal:
En litigios donde se ventilan la realización de actos discriminatorios en violación a la ley 23.592, es competente la Justicia Nacional, habiéndose valorado en esta materia el predominio de la cuestión federal (fallos 320:1842, 322: 3578, entre otros). La naturaleza federal de la ley mencionada y la circunstancia de reglamentar directamente un principio constitucional de tal magnitud excede el concreto interés de la parte e involucra y afecta a toda la comunidad, art. 16 y concs. de la Constitución Nacional y Pactos Internacionales incorporados a ella (Fallos 322:3578, 324:392)
III.- Hechos:
Que desde la temporada 1976/1977 me he desempeñado como guardavidas empleado por la Municipalidad de Necochea, Desde entonces y hasta la temporada anterior he trabajado ininterrumpidamente, sin haber sufrido jamás sanción alguna por mi desempeño, por el contrario he tenido una foja de servicios intachable.
Como es público y notorio en este medio, he mantenido durante toda mi vida una actividad política partidaria dentro del Partido Justicialista, en función de ello, dentro de mi ámbito laboral siempre he bregado por lograr conquistas laborales y he cuestionado decisiones burocráticas arbitrarias que afectan a los trabajadores, en pleno ejercicio de mi derecho como trabajador municipal. Siguiendo mis principios siempre me negué a afiliarme a la Asociación Guardavidas de Necochea, ya que esa entidad gremial no representa, a mí criterio, los intereses de los trabajadores, sino los de las autoridades municipales.
He sufrido, por parte del denunciado intendente Municipal, Daniel Anselmo Molina, junto con otros trabajadores de distinta afiliación política partidaria y gremial, los sres. Cristian Brekle y Boris Stankievich, que integran la lista gremial opositara (Lista Transparente) y Andrés Enrique Urrutibehety también activo militante Justicialista, sanciones encubiertas (omisiones de designaciones), bajo un muy dudoso marco de legalidad, que no son mas que actos discriminatorios que tipifican el art. 3ro. de la ley 23.592 (Penalización de actos discriminatorios), que reza:
“… Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas..”.
Desde que comencé a trabajar como guardavidas municipal, conforme lo previsto en el dec. 316/92, junto con el resto de mis compañeros que querían continuar con la relación laboral, remitimos un telegrama al finalizar una temporada, haciendo reserva del puesto de trabajo para la siguiente; el silencio del Municipio de Necochea implicaba, como manifestación de voluntad, reconocer la reserva como aprobada. Siguiendo esa costumbre envié el telegrama B0951-2007-000174, el 24 de octubre de 2007, el que no tuvo respuesta.
En consecuencia el 22 de noviembre de 2007 remití la CD 8949073 2, en la que manifesté que el silencio del Municipio sería tomado como aceptación de la reserva interpuesta – conforme la añeja costumbre – y solicité turno a fin de someterme al examen preocupacional. El 27 del mismo mes y año se me notificó que la reserva del puesto de trabajo ya había sido desestimada, notificación que jamás recibí y que habría sido enviada a un domicilio anterior que consta en mi legajo, pese a constar en las misivas remitidas por mi, el actual, en una clara maniobra llevada a cabo por quienes utilizan el aparato estatal en beneficio de sus intereses particulares. Dicha documental corre agregada en autos caratulados “Petersen, Alberto Guillermo S/ Acción de Amparo” (Expte. 5.566) de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nro. 1 de Necochea, que desde ya ofrezco como prueba.
El Intendente Municipal del Partido de Necochea ha omitido designarme para poder cumplir mi actividad profesional, por el solo hecho de ser un opositor político relacionado con el Partido Justicialista y un ferviente defensor de los derechos de los trabajadores, omisión ilegal que afecta mis legítimos derechos, me priva de continuar con mi vida laboral y me ocasiona un gravísimo perjuicio material, familiar y especialmente moral.
Para poder omitir mi designación y la de sus opositores, se ha valido de un listado presentado por la Asociación de Guardavidas de Necochea, que indicaría cuales son los trabajadores que podían prestar servicios como tales en la temporada 2007-8. Modalidad que viola el régimen de designación previsto por el decreto 27/89 (Ley Cafiero del 5/1/89), que califica al personal por sus antecedentes laborales y legajo personal, no por su afiliación gremial o actividad político partidaria. Puntualmente el art. 17 prevé que “los postulantes que acrediten antigüedad en los servicios prestados en determinados balnearios o natatorios gozarán de prioridad en la retención de esa ocupación”: así como la ley 11.757 “Estatuto para el Personal de la Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires” y la ley 13.191, del 22/4/03, “Régimen Previsional para Guardavidas”
No deja de ser una forma para ocultar el acto discriminatorio de las personas que se desee dejar de lado, el “delegarle lo indelegable” a un ente particular, la designación del personal municipal que deberá trabajar como guardavidas.
Esta actitud en apariencia legal es simplemente la modalidad utilizada por quien no se atreve a convivir democráticamente con quienes no piensan como él y opta por dejar en la calle a quienes no siguen fielmente sus intereses personales y políticos. Hecho que tipifican una conducta reprimida por nuestro ordenamiento penal con pena de prisión.
Los guardavidas contratados, en consecuencia, se ven obligados a asociarse a la entidad gremial, como única vía para poder acceder a la bolsa de trabajo para luego ser propuestos. El silencio y la complacencia con las medidas oficiales, son en consecuencia, moneda corriente para no ser “borrados” de una lista llevada a cabo por un ente particular, que sigue fielmente las órdenes del denunciado, quien encontró la forma de deshacerse de sus oponentes políticos sin dar la cara.
Existen antecedentes debidamente documentados en el expte. Nro. 21.531-5193/07 de trámite ante el Ministerio de Trabajo Provincial, ya que en Semana Santa de 2007 fueron citados discrecionalmente a prestar servicios los guardavidas designados por un “Jefe de Guardavidas” (Julio Ripamonti) con el acuerdo expreso del Municipio, pasando por alto el listado de los trabajadores permanentes y el dec. 27/89. Discriminándose, en consecuencia a los adversarios políticos o gremiales.
Así como consta en el Ecos Diarios de Necochea, en la publicación aparecida el 7 de noviembre de 2007, que ante las inquietudes de quienes sabíamos seríamos víctimas de discriminación política, por hechos recurrentes que nos alertaban sobre una posible maniobra para “sacarnos del medio”, concurrimos al Municipio habiendo solicitado ser atendidos por el Secretario de Gobierno, sin ser recibidos por autoridad alguna, dejándose constancia en una nota periodística que los asociados serían discriminados por haber encabezado reclamos gremiales y los no asociados, como el suscripto, por estar militando para el Frente para la Victoria, es decir el Partido Justicialista.
Ha sido tan arbitraria la maniobra ilícita que me afecta, que el denunciado ha ordenado llevar a cabo la “omisión de designación”, a contrario de los antecedentes que certifican la estabilidad de los guardavidas municipales, ocurridas en los últimos años, por ejemplo:, guardavidas Alberto Néstor Spoto con uso de licencia por viaje al exterior, Patricia Bejino con uso de licencia por maternidad y Hugo Valencia con varias temporadas licenciado, hasta su desafectación (enumerados en la acción de amparo ofrecida como prueba, a la que me remito)
Se violó mi legítimo derecho a continuar con mi trabajo, se omitió el derecho adquirido, “prioridad” que me cabe para ser nombrado y mi estabilidad laboral, fruto de 33 años en el mismo trabajo. Soy víctima de Discriminación Política, la que define el Jurista Rafael H. Contreras Millán: “… La discriminación política es cualquier acto que tiene como resultado denegar a unos igualdad de trato con respecto a otros por motivo de sus convicciones…”.
Mi férrea postura política y mi incansable lucha por las reivindicaciones laborales y sociales han sido el motivo por el cual he sido discriminado por el denunciado, quien astutamente ha tratado de ocultar su conducta delictiva con la participación necesaria de sus allegados gremialistas, los que, en consecuencia, deberán ser investigados en esta sede penal.
Acto discriminatorio
Con fecha 23 de agosto de 1988 se promulgó la ley 23592, norma que en forma expresa dispuso la nulidad de los actos jurídicos que fueran pasibles de ser tachados de discriminatorios, sancionando además la obligación del agente de reparar los daños y perjuicios que con tal acto pudiera haber causado.
En el año 1994 se sancionó la reforma de la Constitución
Nacional, que introdujo, el art. 75 inciso 22, como derecho positivo interno y con nivel constitucional los tratados internacionales de derechos humanos y con nivel supra legal los tratados concluidos con otras naciones y los organismos internacionales.
Mediante los primeros resultan de aplicación indiscutible en el derecho interno argentino las disposiciones contenidas en dichos instrumentos sobre discriminación y su absoluta descalificación como conducta posible entre seres humanos.
Por los segundos cobran especial trascendencia los convenios de la OIT, en especial el N° 111 (Convenio sobre la discriminación, empleo y ocupación) del año 1958.
Así fue internalizándose en la cultura jurídica de nuestro país que el acto discriminatorio era un acto no querido por nuestra legislación, pasible de ser declarado nulo y que daba lugar a acción reparatorias.
Por los hechos denunciados no solo se pone en riesgo principios constitucionales básicos, son también el de la propiedad del puesto de trabajo, base fundamental para la subsistencia” y dignidad de un ciudadano en un Estado de Derecho. La ley, la doctrina y la jurisprudencia son contestes en que la sanción de estos actos es su nulidad absoluta como modo de poder hacer efectiva la protección constitucionalmente dispuesta, pues si así no se obrara la maniobra terminaría logrando sus fines, lo que jamás podría ser tolerado por el Derecho.
Explica Roberto García Martínez que discriminar es “separar, distinguir, diferenciar una cosa de otra; dar trato de inferioridad a una persona por motivos raciales, religiosos, políticos, etc.” (La Igualdad de trato y la discriminación en el derecho… D.T. 1997-A-891).
Por otra parte el concepto aparece definido en el ya citado Art. 1 de la ley 23.592, como los actos u omisiones determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.
Así mismo debe resaltarse que el derecho a no ser discriminado encuentra sustento en las normas de mayor jerarquía nacional e internacional, en tanto dicha protección integra el plexo del Derecho Internacional de Derechos Humanos.
El Art. 14 bis de la Constitución Nacional consagra la garantía de protección como forma de preservar la dignidad del trabajador; en tanto que el Art. 16 consagra el principio de no discriminación.
Conforme lo dispuesto por el Art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, resultan de aplicación:
a) Declaración Universal de los Derechos Humanos (Art. 1, 2 y 7): “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma y religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica o cualquier otra condición. Todos son iguales ante la ley y tienen sin distinción, derecho a igual protección de la ley”.
b) Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (Preámbulo y Art. 2): “Todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos, todas las personas son iguales ante la ley tienen los derechos consagrados en esta declaración sin distinción de raza sexo, idioma, credo, ni otra alguna”.
c) Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Art. 1.1 y 25): “Prohíbe la discriminación por motivos de raza, color sexo, idioma, religión, opiniones política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica o cualquier otra condición social. Otorga a toda persona un recurso sencillo y rápido ante jueces v tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos, pudiendo cualquier persona o grupo de personas o entidad no gubernamental realizar peticiones que contengan denuncias o quejas de violación de esta convención por un estado parte.
d) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Art. 2.2): “Los Estados partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
e) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Art. 2° inc. 1°): “Cada uno de los Estados partes en el presente Pacto se compromete a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.
f) Convenio N° 111 de la Organización Internacional del Trabajo: Este Convenio fue adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en 1958 y entró en vigor el 15 de junio de 1960. Fue ratificado, hasta el 31 de Julio de 1989, por ciento diez Estados Miembros de la OIT, entre los cuales se encuentra nuestro país, obligándose al mencionado Convenio en 1968. Su Art. 1.1 dispone que “A los efectos de este Convenio, el término discriminación comprende: a) cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación”.
g) Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento: £J documento, en lo pertinente reza: “La Conferencia Internacional del Trabajo, 1. Recuerda: (a) que al incorporarse libremente a la OIT, todos los Miembros han aceptado los principios y derechos enunciados en su Constitución y en la Declaración de Filadelfia, y se han comprometido a esforzarse por lograr los objetivos generales de la Organización en toda la medida de sus posibilidades y atendiendo a sus Condiciones específicas; (b) que esos principios y derechos han sido expresados y desarrollados en forma de derechos y obligaciones específicos en convenios que han sido reconocidos como fundamentales dentro y fuera de la Organización. 2. Declara que todos los Miembros, aun cuando no hayan ratificado los convenios aludidos, tienen un compromiso que se deriva de su mera pertenencia a la Organización de respetar, promover y hacer realidad, de buena fe y de conformidad con la Constitución, los principios relativos a los derechos fundamentales que son objeto de esos convenios, es decir: (a) a libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; (b) ¡a eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; (c) la abolición efectiva del trabajo infantil; y (d) la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación”.
h) Declaración Socio-Laboral del Mercosur (Art. 1°): “Derechos individuales. No Discriminación: artículo 1°: Todo trabajador tiene garantizada la igualdad efectiva de derechos, trato y oportunidades en el empleo y ocupación, sin distinción o exclusión en razón de raza, origen nacional, color, sexo y orientación sexual, edad, credo, opinión política o sindical, ideología, posición económica o cualquier otra condición social o familiar, en conformidad con las disposiciones legales vigentes. Los Estados Partes se comprometen a garantizar la vigencia de este principio de no discriminación. En particular se comprometen a realizar acciones destinadas a eliminar la discriminación respecto de los grupos en situación de desventaja en el mercado de trabajo”.
De esta manera, las normas internas de derecho no pueden, sin violar el principio de jerarquía normativa (Arí. 31 CN), oponerse, desconocer o derogar derechos que se encuentran consagrados en normas como las citadas, por ser estas de superior jerarquía, menos aún las maniobras llevadas a cabo por el denunciado, burdamente fundadas en delegaciones de la potestad oficial administrativa a terceros ajenos al jurisdicción municipal, con el fin de salvar su responsabilidad penal e indemnizatoria y allanar su camino político.
Los tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional no solo prohíben toda forma de discriminación sino que también imparten directivas a los estados miembros para que cumplan y aseguren el cumplimiento de esas disposiciones a fin de que las normas resulten efectivas y confieren, a su vez, acciones a los particulares para denunciar los incumplimientos en que se pudiere incurrir
El concepto de discriminación se encuentra en nuestra legislación contemplado en el Art. 1° de la ley 23.592, pero no sólo eso, la norma también instituye una acción en favor de la víctima del acto prohibido, acto jurídico que desde ya solicito.
Ordena la norma “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado a pedido del damnificado a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño material y moral ocasionados”.
Esta norma, interpretada a la luz de los Tratados de Derechos Humanos arriba citados, constituye una clara y estricta aplicación del principio pro-homine que se encuentra en la base de todo el desarrollo de los Derechos Humanos y los instrumentos que le dan forma; debiendo ser interpretada (la ley 23.592) en consonancia con tal principio, de tal modo que amplíen y puedan servir de herramientas para proteger, de la mejor manera posible, los derechos humanos involucrados,
Al respecto el Dr. Mario Elffman sostuvo que “si la ley antidiscriminatoria general no fuera aplicable a ‘todos’, sería discriminatoria. Salvo que la diferenciación fuera legítima, y ésta sólo podrá ser legitimada si el tratamiento diferencial resultara más protector (igualador) que la ley generar (La Responsabilidad del Empleador por el Despido Discriminatorio”, Mario Elffman, en en Revista de Derecho Laboral – Rubinzal Culzoni Ed., Extinción del Contrato de Trabajo I, año 2000-1, p.253).
La actitud discriminatoria llevada a cabo por el denunciado contra el suscripto, ha tenido como objeto ocasionar la pérdida de mi trabajo, de mi sustento, y agravar en consecuencia mi situación socio familiar. Estoy sufriendo un trato peyorativo debido a mi activa participación político partidaria en el Justicialismo. La omisión de mi designación no es más que un acto discriminatorio, conducta típica sancionada por el art. 3ro. de la ley 23.592.
Deberá por lo tanto, ordenarse la instrucción de la presente causa penal y en su oportunidad el procesamiento del denunciado por la comisión del delito de violación a la ley 23592, (Penalización de Actos Discriminatorios)
IV.- Querellante:
Que conforme el art. 82, 83 y concs. del Código de Rito, solicito se me tome en el rol de querellante particular, con las atribuciones establecidas en las normas citadas.
V.- Prueba:
a.- Informes: Solicito se libre oficio:
1) Al Juzgado en lo Correccional ñor. 1 de Necochea, a fin de que se remita autos caratulados “Petersen, Alberto Guillermo S/Acción de Amparo (Expte. Nro. 5.566) de
2) Ministro de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que se remita expte. Nro. 21.531-5193/07.-
3) Al Ecos Diarios de Necochea a fin de que remita edición correspondiente al 7 de noviembre de 2007.-
b.- Testimonial:
Solicito se cite a declara a las siguientes personas:
1) Cristian Brekle, empleado, domiciliado en calle 58 nro. 3340
2) Boris Stankievich, empleado, domiciliado en Diag San Martin 1er. Piso Dpto 1
3) Andrés Enrique Urrutibehety, empleado, domiciliado en calle 38 nro. 5331. Todos de la ciudad de Necochea
VI.- Petitorio:
Por estas consideraciones al Sr. Juez Federal solicito:
a) Me tenga por presentado y por formulada denuncia penal contra Daniel Anselmo Molina por la comisión del delito de violación a la ley 23599, (Penalización de Actos Discriminatorios)
b) Se me tome en el rol de Querellante Particular (art. 82 y concs. del CPPN)
c) Se ordene la instrucción de la causa.
d) En su oportunidad se condene al denunciado al máximo de pena previsto en el ordenamiento jurídico de referencia, que:
SERA JUSTICIA.
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Esta presentación la realizó en la jornada del lunes 22 de junio ante el Juez Federal de Necochea luego del mediodía el Lic. Guillermo Petersen por violación a la ley 23.592 que penaliza los Actos Discriminatorios. La presentación completa.
FORMULA DENUNCIA-SE PRESENTA COMO QUERELLANTE -OFRECE PRUEBAS.
Sr. Juez Federal:
ALBERTO GUILLERMO PETERSEN, por derecho propio, con domicilio real en calle 28 nro. 3276 de la ciudad de Necochea, con el patrocinio letrado del Dr. JULIO MARIO RAZONA, Abogado, Tomo LXIX Folio 530 de la C.F.A.L.P., inscripto al T° IV F° 184 del Colegio de Abogados de Mar del Plata, Legajo CAPSA 35519-3, CUIT 20-11990809-5, I.B. 20-11990809-5, IVA resp. Monot, constituyendo domicilio legal en calle 71 nro. 1254 de esta ciudad, al Sr. Juez Federal respetuosamente me presento y digo:
I.- Objeto:
Que vengo a formular denuncia penal por la comisión del delito de violación a la ley 23592, (Penalización de Actos Discriminatorios), contra DANIEL ANSELMO MOLINA, de profesión médico, actual intendente de la Municipalidad de Necochea, domiciliado en 56 – 2965 de esta ciudad, en base a las siguientes consideraciones de hecho y derecho:
II.- Competencia Federal:
En litigios donde se ventilan la realización de actos discriminatorios en violación a la ley 23.592, es competente la Justicia Nacional, habiéndose valorado en esta materia el predominio de la cuestión federal (fallos 320:1842, 322: 3578, entre otros). La naturaleza federal de la ley mencionada y la circunstancia de reglamentar directamente un principio constitucional de tal magnitud excede el concreto interés de la parte e involucra y afecta a toda la comunidad, art. 16 y concs. de la Constitución Nacional y Pactos Internacionales incorporados a ella (Fallos 322:3578, 324:392)
III.- Hechos:
Que desde la temporada 1976/1977 me he desempeñado como guardavidas empleado por la Municipalidad de Necochea, Desde entonces y hasta la temporada anterior he trabajado ininterrumpidamente, sin haber sufrido jamás sanción alguna por mi desempeño, por el contrario he tenido una foja de servicios intachable.
Como es público y notorio en este medio, he mantenido durante toda mi vida una actividad política partidaria dentro del Partido Justicialista, en función de ello, dentro de mi ámbito laboral siempre he bregado por lograr conquistas laborales y he cuestionado decisiones burocráticas arbitrarias que afectan a los trabajadores, en pleno ejercicio de mi derecho como trabajador municipal. Siguiendo mis principios siempre me negué a afiliarme a la Asociación Guardavidas de Necochea, ya que esa entidad gremial no representa, a mí criterio, los intereses de los trabajadores, sino los de las autoridades municipales.
He sufrido, por parte del denunciado intendente Municipal, Daniel Anselmo Molina, junto con otros trabajadores de distinta afiliación política partidaria y gremial, los sres. Cristian Brekle y Boris Stankievich, que integran la lista gremial opositara (Lista Transparente) y Andrés Enrique Urrutibehety también activo militante Justicialista, sanciones encubiertas (omisiones de designaciones), bajo un muy dudoso marco de legalidad, que no son mas que actos discriminatorios que tipifican el art. 3ro. de la ley 23.592 (Penalización de actos discriminatorios), que reza:
“… Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas..”.
Desde que comencé a trabajar como guardavidas municipal, conforme lo previsto en el dec. 316/92, junto con el resto de mis compañeros que querían continuar con la relación laboral, remitimos un telegrama al finalizar una temporada, haciendo reserva del puesto de trabajo para la siguiente; el silencio del Municipio de Necochea implicaba, como manifestación de voluntad, reconocer la reserva como aprobada. Siguiendo esa costumbre envié el telegrama B0951-2007-000174, el 24 de octubre de 2007, el que no tuvo respuesta.
En consecuencia el 22 de noviembre de 2007 remití la CD 8949073 2, en la que manifesté que el silencio del Municipio sería tomado como aceptación de la reserva interpuesta – conforme la añeja costumbre – y solicité turno a fin de someterme al examen preocupacional. El 27 del mismo mes y año se me notificó que la reserva del puesto de trabajo ya había sido desestimada, notificación que jamás recibí y que habría sido enviada a un domicilio anterior que consta en mi legajo, pese a constar en las misivas remitidas por mi, el actual, en una clara maniobra llevada a cabo por quienes utilizan el aparato estatal en beneficio de sus intereses particulares. Dicha documental corre agregada en autos caratulados “Petersen, Alberto Guillermo S/ Acción de Amparo” (Expte. 5.566) de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nro. 1 de Necochea, que desde ya ofrezco como prueba.
El Intendente Municipal del Partido de Necochea ha omitido designarme para poder cumplir mi actividad profesional, por el solo hecho de ser un opositor político relacionado con el Partido Justicialista y un ferviente defensor de los derechos de los trabajadores, omisión ilegal que afecta mis legítimos derechos, me priva de continuar con mi vida laboral y me ocasiona un gravísimo perjuicio material, familiar y especialmente moral.
Para poder omitir mi designación y la de sus opositores, se ha valido de un listado presentado por la Asociación de Guardavidas de Necochea, que indicaría cuales son los trabajadores que podían prestar servicios como tales en la temporada 2007-8. Modalidad que viola el régimen de designación previsto por el decreto 27/89 (Ley Cafiero del 5/1/89), que califica al personal por sus antecedentes laborales y legajo personal, no por su afiliación gremial o actividad político partidaria. Puntualmente el art. 17 prevé que “los postulantes que acrediten antigüedad en los servicios prestados en determinados balnearios o natatorios gozarán de prioridad en la retención de esa ocupación”: así como la ley 11.757 “Estatuto para el Personal de la Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires” y la ley 13.191, del 22/4/03, “Régimen Previsional para Guardavidas”
No deja de ser una forma para ocultar el acto discriminatorio de las personas que se desee dejar de lado, el “delegarle lo indelegable” a un ente particular, la designación del personal municipal que deberá trabajar como guardavidas.
Esta actitud en apariencia legal es simplemente la modalidad utilizada por quien no se atreve a convivir democráticamente con quienes no piensan como él y opta por dejar en la calle a quienes no siguen fielmente sus intereses personales y políticos. Hecho que tipifican una conducta reprimida por nuestro ordenamiento penal con pena de prisión.
Los guardavidas contratados, en consecuencia, se ven obligados a asociarse a la entidad gremial, como única vía para poder acceder a la bolsa de trabajo para luego ser propuestos. El silencio y la complacencia con las medidas oficiales, son en consecuencia, moneda corriente para no ser “borrados” de una lista llevada a cabo por un ente particular, que sigue fielmente las órdenes del denunciado, quien encontró la forma de deshacerse de sus oponentes políticos sin dar la cara.
Existen antecedentes debidamente documentados en el expte. Nro. 21.531-5193/07 de trámite ante el Ministerio de Trabajo Provincial, ya que en Semana Santa de 2007 fueron citados discrecionalmente a prestar servicios los guardavidas designados por un “Jefe de Guardavidas” (Julio Ripamonti) con el acuerdo expreso del Municipio, pasando por alto el listado de los trabajadores permanentes y el dec. 27/89. Discriminándose, en consecuencia a los adversarios políticos o gremiales.
Así como consta en el Ecos Diarios de Necochea, en la publicación aparecida el 7 de noviembre de 2007, que ante las inquietudes de quienes sabíamos seríamos víctimas de discriminación política, por hechos recurrentes que nos alertaban sobre una posible maniobra para “sacarnos del medio”, concurrimos al Municipio habiendo solicitado ser atendidos por el Secretario de Gobierno, sin ser recibidos por autoridad alguna, dejándose constancia en una nota periodística que los asociados serían discriminados por haber encabezado reclamos gremiales y los no asociados, como el suscripto, por estar militando para el Frente para la Victoria, es decir el Partido Justicialista.
Ha sido tan arbitraria la maniobra ilícita que me afecta, que el denunciado ha ordenado llevar a cabo la “omisión de designación”, a contrario de los antecedentes que certifican la estabilidad de los guardavidas municipales, ocurridas en los últimos años, por ejemplo:, guardavidas Alberto Néstor Spoto con uso de licencia por viaje al exterior, Patricia Bejino con uso de licencia por maternidad y Hugo Valencia con varias temporadas licenciado, hasta su desafectación (enumerados en la acción de amparo ofrecida como prueba, a la que me remito)
Se violó mi legítimo derecho a continuar con mi trabajo, se omitió el derecho adquirido, “prioridad” que me cabe para ser nombrado y mi estabilidad laboral, fruto de 33 años en el mismo trabajo. Soy víctima de Discriminación Política, la que define el Jurista Rafael H. Contreras Millán: “… La discriminación política es cualquier acto que tiene como resultado denegar a unos igualdad de trato con respecto a otros por motivo de sus convicciones…”.
Mi férrea postura política y mi incansable lucha por las reivindicaciones laborales y sociales han sido el motivo por el cual he sido discriminado por el denunciado, quien astutamente ha tratado de ocultar su conducta delictiva con la participación necesaria de sus allegados gremialistas, los que, en consecuencia, deberán ser investigados en esta sede penal.
Acto discriminatorio
Con fecha 23 de agosto de 1988 se promulgó la ley 23592, norma que en forma expresa dispuso la nulidad de los actos jurídicos que fueran pasibles de ser tachados de discriminatorios, sancionando además la obligación del agente de reparar los daños y perjuicios que con tal acto pudiera haber causado.
En el año 1994 se sancionó la reforma de la Constitución
Nacional, que introdujo, el art. 75 inciso 22, como derecho positivo interno y con nivel constitucional los tratados internacionales de derechos humanos y con nivel supra legal los tratados concluidos con otras naciones y los organismos internacionales.
Mediante los primeros resultan de aplicación indiscutible en el derecho interno argentino las disposiciones contenidas en dichos instrumentos sobre discriminación y su absoluta descalificación como conducta posible entre seres humanos.
Por los segundos cobran especial trascendencia los convenios de la OIT, en especial el N° 111 (Convenio sobre la discriminación, empleo y ocupación) del año 1958.
Así fue internalizándose en la cultura jurídica de nuestro país que el acto discriminatorio era un acto no querido por nuestra legislación, pasible de ser declarado nulo y que daba lugar a acción reparatorias.
Por los hechos denunciados no solo se pone en riesgo principios constitucionales básicos, son también el de la propiedad del puesto de trabajo, base fundamental para la subsistencia” y dignidad de un ciudadano en un Estado de Derecho. La ley, la doctrina y la jurisprudencia son contestes en que la sanción de estos actos es su nulidad absoluta como modo de poder hacer efectiva la protección constitucionalmente dispuesta, pues si así no se obrara la maniobra terminaría logrando sus fines, lo que jamás podría ser tolerado por el Derecho.
Explica Roberto García Martínez que discriminar es “separar, distinguir, diferenciar una cosa de otra; dar trato de inferioridad a una persona por motivos raciales, religiosos, políticos, etc.” (La Igualdad de trato y la discriminación en el derecho… D.T. 1997-A-891).
Por otra parte el concepto aparece definido en el ya citado Art. 1 de la ley 23.592, como los actos u omisiones determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.
Así mismo debe resaltarse que el derecho a no ser discriminado encuentra sustento en las normas de mayor jerarquía nacional e internacional, en tanto dicha protección integra el plexo del Derecho Internacional de Derechos Humanos.
El Art. 14 bis de la Constitución Nacional consagra la garantía de protección como forma de preservar la dignidad del trabajador; en tanto que el Art. 16 consagra el principio de no discriminación.
Conforme lo dispuesto por el Art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, resultan de aplicación:
a) Declaración Universal de los Derechos Humanos (Art. 1, 2 y 7): “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma y religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica o cualquier otra condición. Todos son iguales ante la ley y tienen sin distinción, derecho a igual protección de la ley”.
b) Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (Preámbulo y Art. 2): “Todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos, todas las personas son iguales ante la ley tienen los derechos consagrados en esta declaración sin distinción de raza sexo, idioma, credo, ni otra alguna”.
c) Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Art. 1.1 y 25): “Prohíbe la discriminación por motivos de raza, color sexo, idioma, religión, opiniones política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica o cualquier otra condición social. Otorga a toda persona un recurso sencillo y rápido ante jueces v tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos, pudiendo cualquier persona o grupo de personas o entidad no gubernamental realizar peticiones que contengan denuncias o quejas de violación de esta convención por un estado parte.
d) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Art. 2.2): “Los Estados partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
e) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Art. 2° inc. 1°): “Cada uno de los Estados partes en el presente Pacto se compromete a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.
f) Convenio N° 111 de la Organización Internacional del Trabajo: Este Convenio fue adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en 1958 y entró en vigor el 15 de junio de 1960. Fue ratificado, hasta el 31 de Julio de 1989, por ciento diez Estados Miembros de la OIT, entre los cuales se encuentra nuestro país, obligándose al mencionado Convenio en 1968. Su Art. 1.1 dispone que “A los efectos de este Convenio, el término discriminación comprende: a) cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación”.
g) Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento: £J documento, en lo pertinente reza: “La Conferencia Internacional del Trabajo, 1. Recuerda: (a) que al incorporarse libremente a la OIT, todos los Miembros han aceptado los principios y derechos enunciados en su Constitución y en la Declaración de Filadelfia, y se han comprometido a esforzarse por lograr los objetivos generales de la Organización en toda la medida de sus posibilidades y atendiendo a sus Condiciones específicas; (b) que esos principios y derechos han sido expresados y desarrollados en forma de derechos y obligaciones específicos en convenios que han sido reconocidos como fundamentales dentro y fuera de la Organización. 2. Declara que todos los Miembros, aun cuando no hayan ratificado los convenios aludidos, tienen un compromiso que se deriva de su mera pertenencia a la Organización de respetar, promover y hacer realidad, de buena fe y de conformidad con la Constitución, los principios relativos a los derechos fundamentales que son objeto de esos convenios, es decir: (a) a libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; (b) ¡a eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; (c) la abolición efectiva del trabajo infantil; y (d) la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación”.
h) Declaración Socio-Laboral del Mercosur (Art. 1°): “Derechos individuales. No Discriminación: artículo 1°: Todo trabajador tiene garantizada la igualdad efectiva de derechos, trato y oportunidades en el empleo y ocupación, sin distinción o exclusión en razón de raza, origen nacional, color, sexo y orientación sexual, edad, credo, opinión política o sindical, ideología, posición económica o cualquier otra condición social o familiar, en conformidad con las disposiciones legales vigentes. Los Estados Partes se comprometen a garantizar la vigencia de este principio de no discriminación. En particular se comprometen a realizar acciones destinadas a eliminar la discriminación respecto de los grupos en situación de desventaja en el mercado de trabajo”.
De esta manera, las normas internas de derecho no pueden, sin violar el principio de jerarquía normativa (Arí. 31 CN), oponerse, desconocer o derogar derechos que se encuentran consagrados en normas como las citadas, por ser estas de superior jerarquía, menos aún las maniobras llevadas a cabo por el denunciado, burdamente fundadas en delegaciones de la potestad oficial administrativa a terceros ajenos al jurisdicción municipal, con el fin de salvar su responsabilidad penal e indemnizatoria y allanar su camino político.
Los tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional no solo prohíben toda forma de discriminación sino que también imparten directivas a los estados miembros para que cumplan y aseguren el cumplimiento de esas disposiciones a fin de que las normas resulten efectivas y confieren, a su vez, acciones a los particulares para denunciar los incumplimientos en que se pudiere incurrir
El concepto de discriminación se encuentra en nuestra legislación contemplado en el Art. 1° de la ley 23.592, pero no sólo eso, la norma también instituye una acción en favor de la víctima del acto prohibido, acto jurídico que desde ya solicito.
Ordena la norma “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado a pedido del damnificado a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño material y moral ocasionados”.
Esta norma, interpretada a la luz de los Tratados de Derechos Humanos arriba citados, constituye una clara y estricta aplicación del principio pro-homine que se encuentra en la base de todo el desarrollo de los Derechos Humanos y los instrumentos que le dan forma; debiendo ser interpretada (la ley 23.592) en consonancia con tal principio, de tal modo que amplíen y puedan servir de herramientas para proteger, de la mejor manera posible, los derechos humanos involucrados,
Al respecto el Dr. Mario Elffman sostuvo que “si la ley antidiscriminatoria general no fuera aplicable a ‘todos’, sería discriminatoria. Salvo que la diferenciación fuera legítima, y ésta sólo podrá ser legitimada si el tratamiento diferencial resultara más protector (igualador) que la ley generar (La Responsabilidad del Empleador por el Despido Discriminatorio”, Mario Elffman, en en Revista de Derecho Laboral – Rubinzal Culzoni Ed., Extinción del Contrato de Trabajo I, año 2000-1, p.253).
La actitud discriminatoria llevada a cabo por el denunciado contra el suscripto, ha tenido como objeto ocasionar la pérdida de mi trabajo, de mi sustento, y agravar en consecuencia mi situación socio familiar. Estoy sufriendo un trato peyorativo debido a mi activa participación político partidaria en el Justicialismo. La omisión de mi designación no es más que un acto discriminatorio, conducta típica sancionada por el art. 3ro. de la ley 23.592.
Deberá por lo tanto, ordenarse la instrucción de la presente causa penal y en su oportunidad el procesamiento del denunciado por la comisión del delito de violación a la ley 23592, (Penalización de Actos Discriminatorios)
IV.- Querellante:
Que conforme el art. 82, 83 y concs. del Código de Rito, solicito se me tome en el rol de querellante particular, con las atribuciones establecidas en las normas citadas.
V.- Prueba:
a.- Informes: Solicito se libre oficio:
1) Al Juzgado en lo Correccional ñor. 1 de Necochea, a fin de que se remita autos caratulados “Petersen, Alberto Guillermo S/Acción de Amparo (Expte. Nro. 5.566) de
2) Ministro de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que se remita expte. Nro. 21.531-5193/07.-
3) Al Ecos Diarios de Necochea a fin de que remita edición correspondiente al 7 de noviembre de 2007.-
b.- Testimonial:
Solicito se cite a declara a las siguientes personas:
1) Cristian Brekle, empleado, domiciliado en calle 58 nro. 3340
2) Boris Stankievich, empleado, domiciliado en Diag San Martin 1er. Piso Dpto 1
3) Andrés Enrique Urrutibehety, empleado, domiciliado en calle 38 nro. 5331. Todos de la ciudad de Necochea
VI.- Petitorio:
Por estas consideraciones al Sr. Juez Federal solicito:
a) Me tenga por presentado y por formulada denuncia penal contra Daniel Anselmo Molina por la comisión del delito de violación a la ley 23599, (Penalización de Actos Discriminatorios)
b) Se me tome en el rol de Querellante Particular (art. 82 y concs. del CPPN)
c) Se ordene la instrucción de la causa.
d) En su oportunidad se condene al denunciado al máximo de pena previsto en el ordenamiento jurídico de referencia, que:
SERA JUSTICIA.
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miércoles, 26 de mayo de 2010
No queremos que seas uno mas! Ayudanos a salvarte!
Esta es una cadena un poco atípica pero de una importancia que tal vez muchos no comprendan. Se publica este link con un video que dice verdades que sólo un gran mentiroso puede desmentir! Yo, Guardavidas del Partido de la Costa doy fé de ésto y les pido se tomen los 5 min 33 seg que dura el video para comprender la situacion que vivimos los guardavidas de la costa. Lugar donde muchos de ustedes viven y muchos de ustedes veranean.
Difundann este video por favor y defiendan su derecho a vivir, ayudennos a poder ayudarlos como corresponde, por favor! pasenlo y veanlo y asi contribuyan a achicar ese numero de victimas tragicas en el mar que nosotros tanto sufrimos.
Si no hacemos un cambio la proxima temporada podes ser vos!
No seas un número más! SALVATE!
Link:
Hace click aca:
http://www.youtube.com/watch?v=fi3_xv70g00
Difundann este video por favor y defiendan su derecho a vivir, ayudennos a poder ayudarlos como corresponde, por favor! pasenlo y veanlo y asi contribuyan a achicar ese numero de victimas tragicas en el mar que nosotros tanto sufrimos.
Si no hacemos un cambio la proxima temporada podes ser vos!
No seas un número más! SALVATE!
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Masiva marcha indígena a Plaza de Mayo en reclamo de derechos históricos
[21/05/2010 - Nunca en doscientos años los pueblos indígenas habían llegado con tanta masividad hasta el centro del poder político de Argentina. Y el reclamo, unívoco y contundente, fue el mismo de los últimos dos siglos: tierra, rechazo a las empresas que los desalojan, respeto a su cultura ancestral y justicia frente a los atropellos del pasado y el presente. “La tierra, robada, será recuperada”, fue el canto con el que las comunidades indígenas de diez provincias ingresaron ayer a la tarde a Plaza de Mayo.
Todos los discursos denunciaron el rol extractivo y contaminante de las compañías mineras, agropecuarias y petroleras, y también a la dirigencia política “que por acción u omisión permite nuestra opresión”. Aclararon que no marcharon para festejar el Bicentenario, sino para “mostrar que seguimos vivos”. La presidenta Cristina Fernández de Kirchner los recibió en la Casa de Gobierno y prometió atender sus reclamos. Luego de ocho días de marcha, Jorge Nahuel, de la Confederación Mapuche de Neuquén, aseguró que esperaban “anuncios concretos a las históricas demandas”.
La movilización fue impulsada por la Confederación Mapuche de Neuquén, la Unión de los Pueblos de la Nación Diaguita (UPND de Tucumán), Kollamarka de Salta y el Consejo de Autoridades Indígenas de Formosa. También participó el Movimiento Campesino de Santiago del Estero (Mocase-Vía Campesina) y contó con el apoyo fundamental de la organización Tupac Amaru, que dirige la jujeña Milagro Sala.
“Es una marcha histórica, nos animamos a llegar hasta este mundo de edificios, asfalto, y venimos con respeto pero también fuerza, queremos que les quede claro que los grandes negocios de las empresas arrasan nuestras tierras y se llevan nuestra vida”, graficó al comienzo de la marcha Félix Díaz, pilagá de la comunidad La Primavera de Formosa, uno de los ocho mil indígenas que llegaron hasta Buenos Aires.
Las columnas de comunidades indígenas ocuparon siete cuadras de la avenida 9 de Julio. Lo ancho de todo un carril estaba desbordado de rostros curtidos, abuelos, muchas mujeres, niños y gran cantidad de jóvenes. En Diagonal Norte los esperaron organizaciones sociales, Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora y la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA). Camino hacia la Plaza, desde algunos edificios tiraban papelitos, aplaudían el paso indígena y las banderas argentinas convivían con las wiphala, emblema multicolor de los pueblos originarios.
“Caminando por la verdad, hacia un Estado plurinacional”, fue la consigna de la marcha, que comenzó el 12 de mayo en Jujuy, Misiones y Neuquén, atravesó diez provincias y contó con la presencia de los pueblos kolla, mapuche, qom-toba, diaguita, lule, huarpe, wichí, mocoví, guaraní, vilela, sanavirones y guaycurú. Elías Maripan, de la Confederación Mapuche de Neuquén (CMN), arengó desde el escenario. “Los pueblos originarios están de pie, dignos y conscientes de sus derechos”, gritó con el puño en alto. La multitud lo ovacionó.
Desde el ingreso de las columnas a la ciudad de Buenos se hizo hincapié en el pliego consensuado antes de comenzar la marcha. Territorio, cultura-educación, “madre naturaleza” y reparación económica. En base a leyes ya vigentes, exigen inmediato reconocimiento y restitución de tierras, aplicar con urgencia el derecho a la consulta y consentimiento sobre los hechos y acciones que los afectan, y la aplicación efectiva de la ley 26.160, de emergencia territorial, ya vigente hace cuatro años y muy demorada en su aplicación.
En el plano cultural solicitaron reconocimiento de las lenguas indígenas como idiomas oficiales, incluir planes de estudio interculturales, crear universidades e institutos de formación indígena y suplantar el 12 de octubre por fechas significativas de los pueblos originarios. “Solicitamos la derogación del Código de Minería”, remarcan desde la convocatoria –como freno a la avanzada de la minería metalífera a gran escala– e impulsan la creación de un “tribunal de justicia climática”.
David Sarapura, de la Coordinadora de Organizaciones Kollas Autónomas (Kollamarka, de Salta), aclaró que la marcha “no es para festejar el Bicentenario, marchamos para demostrar que estamos vivos, que somos los antiguos pobladores de esta tierra y que hemos resistido y seguiremos resistiendo, eso es lo que nos llevó a todos los hermanos a estar en esta marcha. Lo que sí festejamos es que estamos vivos”.
La Presidenta recibió a una treintena de delegados durante una hora. “Propuso una agenda de trabajo para la primera quincena de junio. Dijo que está de acuerdo en muchos puntos, y en otros para nada. Suponemos que no comparte nuestro rechazo a la minería, las petroleras y empresas que saquean y contaminan nuestros territorios, no lo dijo pero lo dio a entender”, explicó Jorge Nahuel, de la Confederación Mapuche, y reconoció que esperan “anuncios concretos.
Nos hubiera gustado respuestas claras a nuestras demandas, pero sabemos que al Estado les cuesta entender nuestra realidad, aunque tiene claro que estamos organizados y no bajaremos las demandas”. El derecho y la protección del territorio es la histórica demanda de todos los pueblos indígenas, sin distinción de etnias y regiones.
Una investigación de Página/12 reveló en 2007 que existen al menos 8,6 millones de hectáreas en conflicto entre comunidades indígenas y multinacionales mineras, los estados provinciales y nacional, privados multimillonarios –aunque también algunos menos acaudalados–, empresarios turísticos, plantas de celulosa, empresas sojeras, universidades nacionales y, según acotan las comunidades, “un sistema político y judicial que desobedece las leyes”.
En la misma línea, un trabajo de la organización Red Agroforestal Chaco Argentina (Redaf) relevó seis provincias del noreste argentino y aportó datos inéditos: cinco millones de hectáreas en conflicto, casi 600 mil personas afectadas, y confirma que el sector privado y estatal son los principales opositores a los campesinos e indígenas. El informe demuestra que la mayor conflictividad comenzó en la década del 90, de la mano del avance de la soja sobre el norte del país.
Jorge Nahuel, mapuche, aseguró que ahora los pueblos indígenas están “movilizados, se hacen escuchar y tienen una fortaleza mayor que hace décadas”.
Fuente: Darío Aranda. Diario Página/12
[21/05/2010 - Nunca en doscientos años los pueblos indígenas habían llegado con tanta masividad hasta el centro del poder político de Argentina. Y el reclamo, unívoco y contundente, fue el mismo de los últimos dos siglos: tierra, rechazo a las empresas que los desalojan, respeto a su cultura ancestral y justicia frente a los atropellos del pasado y el presente. “La tierra, robada, será recuperada”, fue el canto con el que las comunidades indígenas de diez provincias ingresaron ayer a la tarde a Plaza de Mayo.
Todos los discursos denunciaron el rol extractivo y contaminante de las compañías mineras, agropecuarias y petroleras, y también a la dirigencia política “que por acción u omisión permite nuestra opresión”. Aclararon que no marcharon para festejar el Bicentenario, sino para “mostrar que seguimos vivos”. La presidenta Cristina Fernández de Kirchner los recibió en la Casa de Gobierno y prometió atender sus reclamos. Luego de ocho días de marcha, Jorge Nahuel, de la Confederación Mapuche de Neuquén, aseguró que esperaban “anuncios concretos a las históricas demandas”.
La movilización fue impulsada por la Confederación Mapuche de Neuquén, la Unión de los Pueblos de la Nación Diaguita (UPND de Tucumán), Kollamarka de Salta y el Consejo de Autoridades Indígenas de Formosa. También participó el Movimiento Campesino de Santiago del Estero (Mocase-Vía Campesina) y contó con el apoyo fundamental de la organización Tupac Amaru, que dirige la jujeña Milagro Sala.
“Es una marcha histórica, nos animamos a llegar hasta este mundo de edificios, asfalto, y venimos con respeto pero también fuerza, queremos que les quede claro que los grandes negocios de las empresas arrasan nuestras tierras y se llevan nuestra vida”, graficó al comienzo de la marcha Félix Díaz, pilagá de la comunidad La Primavera de Formosa, uno de los ocho mil indígenas que llegaron hasta Buenos Aires.
Las columnas de comunidades indígenas ocuparon siete cuadras de la avenida 9 de Julio. Lo ancho de todo un carril estaba desbordado de rostros curtidos, abuelos, muchas mujeres, niños y gran cantidad de jóvenes. En Diagonal Norte los esperaron organizaciones sociales, Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora y la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA). Camino hacia la Plaza, desde algunos edificios tiraban papelitos, aplaudían el paso indígena y las banderas argentinas convivían con las wiphala, emblema multicolor de los pueblos originarios.
“Caminando por la verdad, hacia un Estado plurinacional”, fue la consigna de la marcha, que comenzó el 12 de mayo en Jujuy, Misiones y Neuquén, atravesó diez provincias y contó con la presencia de los pueblos kolla, mapuche, qom-toba, diaguita, lule, huarpe, wichí, mocoví, guaraní, vilela, sanavirones y guaycurú. Elías Maripan, de la Confederación Mapuche de Neuquén (CMN), arengó desde el escenario. “Los pueblos originarios están de pie, dignos y conscientes de sus derechos”, gritó con el puño en alto. La multitud lo ovacionó.
Desde el ingreso de las columnas a la ciudad de Buenos se hizo hincapié en el pliego consensuado antes de comenzar la marcha. Territorio, cultura-educación, “madre naturaleza” y reparación económica. En base a leyes ya vigentes, exigen inmediato reconocimiento y restitución de tierras, aplicar con urgencia el derecho a la consulta y consentimiento sobre los hechos y acciones que los afectan, y la aplicación efectiva de la ley 26.160, de emergencia territorial, ya vigente hace cuatro años y muy demorada en su aplicación.
En el plano cultural solicitaron reconocimiento de las lenguas indígenas como idiomas oficiales, incluir planes de estudio interculturales, crear universidades e institutos de formación indígena y suplantar el 12 de octubre por fechas significativas de los pueblos originarios. “Solicitamos la derogación del Código de Minería”, remarcan desde la convocatoria –como freno a la avanzada de la minería metalífera a gran escala– e impulsan la creación de un “tribunal de justicia climática”.
David Sarapura, de la Coordinadora de Organizaciones Kollas Autónomas (Kollamarka, de Salta), aclaró que la marcha “no es para festejar el Bicentenario, marchamos para demostrar que estamos vivos, que somos los antiguos pobladores de esta tierra y que hemos resistido y seguiremos resistiendo, eso es lo que nos llevó a todos los hermanos a estar en esta marcha. Lo que sí festejamos es que estamos vivos”.
La Presidenta recibió a una treintena de delegados durante una hora. “Propuso una agenda de trabajo para la primera quincena de junio. Dijo que está de acuerdo en muchos puntos, y en otros para nada. Suponemos que no comparte nuestro rechazo a la minería, las petroleras y empresas que saquean y contaminan nuestros territorios, no lo dijo pero lo dio a entender”, explicó Jorge Nahuel, de la Confederación Mapuche, y reconoció que esperan “anuncios concretos.
Nos hubiera gustado respuestas claras a nuestras demandas, pero sabemos que al Estado les cuesta entender nuestra realidad, aunque tiene claro que estamos organizados y no bajaremos las demandas”. El derecho y la protección del territorio es la histórica demanda de todos los pueblos indígenas, sin distinción de etnias y regiones.
Una investigación de Página/12 reveló en 2007 que existen al menos 8,6 millones de hectáreas en conflicto entre comunidades indígenas y multinacionales mineras, los estados provinciales y nacional, privados multimillonarios –aunque también algunos menos acaudalados–, empresarios turísticos, plantas de celulosa, empresas sojeras, universidades nacionales y, según acotan las comunidades, “un sistema político y judicial que desobedece las leyes”.
En la misma línea, un trabajo de la organización Red Agroforestal Chaco Argentina (Redaf) relevó seis provincias del noreste argentino y aportó datos inéditos: cinco millones de hectáreas en conflicto, casi 600 mil personas afectadas, y confirma que el sector privado y estatal son los principales opositores a los campesinos e indígenas. El informe demuestra que la mayor conflictividad comenzó en la década del 90, de la mano del avance de la soja sobre el norte del país.
Jorge Nahuel, mapuche, aseguró que ahora los pueblos indígenas están “movilizados, se hacen escuchar y tienen una fortaleza mayor que hace décadas”.
Fuente: Darío Aranda. Diario Página/12
LEMA
“Nuestra experiencia nos ha enseñado que, sobre todas las cosas, debemos ser pacientes, perseverantes y decididos.
A veces pasan meses sin que nada aparentemente suceda.
Pero si se trabaja con ejercicio de estas tres cualidades, la tarea siempre ha de fructificar;
en una semana, en un mes o en un año.
Nada debe desalentarnos.
Nada debe dividirnos.
Nada debe desesperarnos".
AGUSTIN TOSCO
A veces pasan meses sin que nada aparentemente suceda.
Pero si se trabaja con ejercicio de estas tres cualidades, la tarea siempre ha de fructificar;
en una semana, en un mes o en un año.
Nada debe desalentarnos.
Nada debe dividirnos.
Nada debe desesperarnos".
AGUSTIN TOSCO
TRAGO AMARGO
Nombre: Políticas gubernamentales y Seguridad Pública.
Ingredientes: Coima, estafa, clientelismo político, maltrato, negligencia, inmoralidad.
Combinación: un poco de gratificación para tentar a funcionarios públicos, no menos del 50% de delito contra la propiedad o el patrimonio, bastante del sistema extraoficial de intercambio de favores en el cual los titulares de cargos políticos regulan la concesión de prestaciones obtenidas a través de su función pública o de contactos relacionados con ella a cambio de apoyo electoral. No debe faltar uso del poder otorgado por posesión de cargo dirigida a incumplir con las funciones electorales atribuidas satisfaciendo intereses personales y desde ya omisión de conductas para prever y evitar el daño con ejercicio contrario a las reglas o normas por las que se rige el ser humano en relación con la sociedad.
¿Pregunto?
Siguen siendo éstas anomalías las que ocasionan efectos y consecuencias negativas dentro de la sociedad debido a manifestaciones de la naturaleza humana las cuales que atentan contra el bien social y la moral; siendo actos que debemos señalar y condenar realizando persecución implacable desde el punto de vista público tratándolos con marginalidad en todos sus estamentos dentro de lo económico, Jurídico, Intelectual, Político, Ético y Cultural.
O debemos ser tolerantes y aceptarlos por crecimiento y demanda.
Lic. Alberto Méndez
Unión Guardavidas de Mar
Ingredientes: Coima, estafa, clientelismo político, maltrato, negligencia, inmoralidad.
Combinación: un poco de gratificación para tentar a funcionarios públicos, no menos del 50% de delito contra la propiedad o el patrimonio, bastante del sistema extraoficial de intercambio de favores en el cual los titulares de cargos políticos regulan la concesión de prestaciones obtenidas a través de su función pública o de contactos relacionados con ella a cambio de apoyo electoral. No debe faltar uso del poder otorgado por posesión de cargo dirigida a incumplir con las funciones electorales atribuidas satisfaciendo intereses personales y desde ya omisión de conductas para prever y evitar el daño con ejercicio contrario a las reglas o normas por las que se rige el ser humano en relación con la sociedad.
¿Pregunto?
Siguen siendo éstas anomalías las que ocasionan efectos y consecuencias negativas dentro de la sociedad debido a manifestaciones de la naturaleza humana las cuales que atentan contra el bien social y la moral; siendo actos que debemos señalar y condenar realizando persecución implacable desde el punto de vista público tratándolos con marginalidad en todos sus estamentos dentro de lo económico, Jurídico, Intelectual, Político, Ético y Cultural.
O debemos ser tolerantes y aceptarlos por crecimiento y demanda.
Lic. Alberto Méndez
Unión Guardavidas de Mar
ARTICULADO DE CABA
07/12/07 BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Nº 2827
DECRETO N° 1.841
SE CREA LA PLANTA TRANSITORIA DOCENTE Y NO DOCENTE PARA ATENDER LA "COLONIA DE VERANO 2008"
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2007.
Visto el Expediente N° 75.251/07, y
CONSIDERANDO:
Que es prioritario para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, llevar adelante la tarea de satisfacer necesidades de educación, salud y esparcimiento de niños/as, adolescentes de entre 3 y 17 años y personas con necesidades especiales sin límite de edad, durante los meses de verano;
Que la Secretaría General, a través de la Subsecretaría de Deportes, tienen a su cargo la programación, el desarrollo y la ejecución de actividades programadas e integrales deportivas-recreativas dirigidas como es el caso de las colonias de verano, contribuyendo al desarrollo individual y social de la comunidad;
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario crear una planta transitoria docente y no docente, por el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2007 y el 15 de marzo de 2008 para la colonia y por el período comprendido entre el 15 de diciembre de 2007 y el 15 de febrero de 2008 para la colonia de personas con necesidades especiales;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Créase, para el año 2008, la planta transitoria docente y no docente para atender la Colonia de Verano 2008, a cargo de la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la Secretaría General, por el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2007 y el 15 de marzo de 2008 para la colonia y por el período comprendido entre el 15 de diciembre de 2007 y el 15 de febrero de 2008 para la colonia de personas con necesidades especiales, conforme los lineamientos dispuestos en los Anexos I, II, III y IV, los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente.
Artículo 2° - Establécese que el personal comprendido en el presente decreto, será designado con el carácter transitorio, carecerá de estabilidad y su cese podrá disponerse sin expresión de causa.
Artículo 3° - La retribución del personal designado, conforme la dotación consignada en los Anexos I, II, III y IV es la suma fija no remunerativa que en cada caso se indica como retribución única para todo el período.
Artículo 4° - Los deberes y derechos que corresponden al personal docente designado para las actividades descriptivas en los Anexos I, II y IV, son los previstos en los arts. 6° y 70, incs. c) y r) de la Ordenanza N° 40.593. Asimismo, el personal no docente designado en los Anexos I, II, III y IV, se regirá por las normas vigentes.
Artículo 5° - Facúltase al señor Secretario General a designar, cesar y reconocer servicios del personal comprendido en el art. 1° del presente decreto.
Artículo 6° - El señor Secretario General debe remitir copia autenticada de las resoluciones de designación, reconocimiento,y/o cese del personal comprendido en el presente decreto, a la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la Subsecretaría Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, para la liquidación de los haberes correspondientes y demás efectos.
Artículo 7° - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será afectado a la partida correspondiente del presupuesto del Ejercicio 2008.
Artículo 8° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 9° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la Subsecretaría Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría General. Cumplido, archívese.
TELERMAN – Beros
DECRETO N° 1.841
SE CREA LA PLANTA TRANSITORIA DOCENTE Y NO DOCENTE PARA ATENDER LA "COLONIA DE VERANO 2008"
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2007.
Visto el Expediente N° 75.251/07, y
CONSIDERANDO:
Que es prioritario para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, llevar adelante la tarea de satisfacer necesidades de educación, salud y esparcimiento de niños/as, adolescentes de entre 3 y 17 años y personas con necesidades especiales sin límite de edad, durante los meses de verano;
Que la Secretaría General, a través de la Subsecretaría de Deportes, tienen a su cargo la programación, el desarrollo y la ejecución de actividades programadas e integrales deportivas-recreativas dirigidas como es el caso de las colonias de verano, contribuyendo al desarrollo individual y social de la comunidad;
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario crear una planta transitoria docente y no docente, por el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2007 y el 15 de marzo de 2008 para la colonia y por el período comprendido entre el 15 de diciembre de 2007 y el 15 de febrero de 2008 para la colonia de personas con necesidades especiales;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Créase, para el año 2008, la planta transitoria docente y no docente para atender la Colonia de Verano 2008, a cargo de la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la Secretaría General, por el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2007 y el 15 de marzo de 2008 para la colonia y por el período comprendido entre el 15 de diciembre de 2007 y el 15 de febrero de 2008 para la colonia de personas con necesidades especiales, conforme los lineamientos dispuestos en los Anexos I, II, III y IV, los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente.
Artículo 2° - Establécese que el personal comprendido en el presente decreto, será designado con el carácter transitorio, carecerá de estabilidad y su cese podrá disponerse sin expresión de causa.
Artículo 3° - La retribución del personal designado, conforme la dotación consignada en los Anexos I, II, III y IV es la suma fija no remunerativa que en cada caso se indica como retribución única para todo el período.
Artículo 4° - Los deberes y derechos que corresponden al personal docente designado para las actividades descriptivas en los Anexos I, II y IV, son los previstos en los arts. 6° y 70, incs. c) y r) de la Ordenanza N° 40.593. Asimismo, el personal no docente designado en los Anexos I, II, III y IV, se regirá por las normas vigentes.
Artículo 5° - Facúltase al señor Secretario General a designar, cesar y reconocer servicios del personal comprendido en el art. 1° del presente decreto.
Artículo 6° - El señor Secretario General debe remitir copia autenticada de las resoluciones de designación, reconocimiento,y/o cese del personal comprendido en el presente decreto, a la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la Subsecretaría Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, para la liquidación de los haberes correspondientes y demás efectos.
Artículo 7° - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será afectado a la partida correspondiente del presupuesto del Ejercicio 2008.
Artículo 8° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 9° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la Subsecretaría Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría General. Cumplido, archívese.
TELERMAN – Beros
viernes, 21 de mayo de 2010
La Asociación Argentina de Farmacéuticos de Hospital nos han solicitado la Difusión de la siguiente información:
En el Hospital Posadas hemos recibido en donación aproximadamente cien mil comprimidos de Cyclobenzaprine ClH, cien mil de Citalopram 40mg y otros cien mil de citalopram de 20mg
Buscamos alguien que pueda utilizarlos.
POR FAVOR, HACER CIRCULAR.
MEDICAMENTOS ONCOLÓGICOS: HAY MUCHA GENTE QUE LOS NECESITA y NO SABE QUE HAY PROVISIÓN DE MEDICAMENTOS GRATUITOS.
DIRECCIONES A DONDE RECURRIR
Banco de Drogas de Capital
PASEO COLON 568
FUNDALEU
Uriburu 1450 - T.E.. 4807-1313 4807-1313 4807-1313 4807-1313 .
La asistente se llama Gabriela Dr. Milone Director de la Fundación
Parroquia San Pedro y San Pablo: Quintana 2645. Olivos.
Proveen medicamentos oncológicos; días de atención lunes, miércoles y viernes de 9,30 a 12,30, Tel.4790-2043.
FUNDACION FLEXER
tel. 011-4825-5333 011-4825-5333 011-4825-5333 011-4825-5333
silvia@fundacionfle xer..org
La Fundacion Natali Flexer ubicada en Mansilla 3125 Capital Federal, ayuda a la familia y al niño enfermo de cancer. Muy buena gente, dan apoyo psicológico, orientación legal por el tema de coberturas medicas, remedios, viáticos, salidas para los niños.. Tel: 4825-5333 4825-5333 4825-5333 4825-5333
mail: comoayuda@fundacion nflexer.org
FUNDACION ENCUENTRO
TEL/FAX 011-4962-5108 011-4962-5108 011-4962-5108 011-4962-5108
La Fundación Oncológica Encuentro provee gratuitamente Tamoxifeno a enfermas de cáncer de mama carenciadas..
Para ayuda dirigirse a Viamonte 2565, piso 4º B, Ciudad de Buenos Aires o comunicarse al tel/fax 4962-5108 4962-5108 4962-5108 4962-5108 o a
http://www.fundacionencuentro.com.ar/
APOSTAR A LA VIDA
TEL 011-4244-5797 011-4244-5797 011-4244-5797 011-4244-5797 SRA. ANA:
http://www.apostara/ lavida.org.ar
Banco de drogas SRA.LIDIA
011-15-40247753
lidi023@yahoo. com.ar - apostar@dwebsa.com.ar
Los interesados comunicarse con Silvia al 4863-6785 4863-6785 4863-6785 4863-6785 .
LABORATORIOS GLAXO
TEL: 4746 0211 4746 0211 4746 0211 4746 0211
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MEDICAMENTOS GRATUITOS
Parroquia San Carlos TEL: 4981-7752 4981-7752 4981-7752 4981-7752 . Lunes, Miércoles y Jueves de 15:00 a17:30 hs..
Parroquia San Saturnino TEL: 4921-9483 4921-9483 4921-9483 4921-9483 .
Con receta municipal Parroquias de la Vicaría de Flores,
4671-9295 4671-9295 4671-9295 4671-9295 . calle Fernández 253
Emaus: entre otras cosas poseen una farmacia gratuita.. Su sede legal esta en Sarandi 1139 (1222) Capital Federal.
Área Km. 21: Provincias Unidas 5995 (1765) Isidro
Casanova
Área San Telmo, 4361-6394 4361-6394 4361-6394 4361-6394 . Tel/Fax: 011-4625-0604 011-4625-0604 011-4625-0604 011-4625-0604 . .
Parroquia San Pedro y San Pablo, 4790-2043 4790-2043 4790-2043 4790-2043 .
MUTUAL SENTIMIENTO Farmacia de genéricos, con receta.
Precios muy económicos Disp. 167/02 Exp.1-2002-3541/ 02-0
Ministerio de Salud de la Nación
Federico Lacroze 4181 3er. Piso Capital Federal, Tel. 4554/5600 4554/5600 4554/5600 4554/5600
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Casanova
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Parroquia San Pedro y San Pablo, 4790-2043 4790-2043 4790-2043 4790-2043 .
MUTUAL SENTIMIENTO Farmacia de genéricos, con receta.
Precios muy económicos Disp. 167/02 Exp.1-2002-3541/ 02-0
Ministerio de Salud de la Nación
Federico Lacroze 4181 3er. Piso Capital Federal, Tel. 4554/5600 4554/5600 4554/5600 4554/5600
martes, 18 de mayo de 2010
COMUNICADO DE LA UNION
El día 13 del corriente el gobernador de la Provincia de Buenos Aires en la Casa de Gobierno, destaco el compromiso y la responsabilidad de los Guardavidas en su función de proteger a los turistas. Y según los medios destaco “Hay que crear conciencia porque al mar y el río hay que respetarlos”.
Quiero agradecer el gesto que ha tenido el Gobernador para con la actividad que llevan a cabo muchos colegas que seguramente se vieron representados en la figura de quienes fueros distinguidos.
Pero la verdadera acción de Gobierno es justamente quebrar la dialéctica del respeto al mar por otra “Al mar y al Río hay que conocerlos”, pues si no es así difícilmente se lo pueda respetar.
El compromiso de los Gobiernos y no solo me refiero al Provincial sino también al Municipal ha dejado que desear por las políticas en Seguridad de Playas, pues el clientelismo político ha conspirado justamente sobre este tema.
Perteneciendo a una ONG que se dedica a la Investigación y Gestión sobre la Seguridad en las prácticas acuáticas y cuyos trabajos son reconocidos en el área específica. No encontramos el más mínimo apoyo en los Gobiernos, teniendo que recurrir para el desarrollo de nuestros trabajos a Empresas que quieran colaborar en ese sentido.
Pues el compromiso en promover el progreso para mejorar la calidad de vida e interactuar en este caso en el mar con el menor riesgo no debe quedar en dichos populares que se manifiestan en expresiones ante la falta de conocimientos.
Lic. Alberto Méndez
UGM
Quiero agradecer el gesto que ha tenido el Gobernador para con la actividad que llevan a cabo muchos colegas que seguramente se vieron representados en la figura de quienes fueros distinguidos.
Pero la verdadera acción de Gobierno es justamente quebrar la dialéctica del respeto al mar por otra “Al mar y al Río hay que conocerlos”, pues si no es así difícilmente se lo pueda respetar.
El compromiso de los Gobiernos y no solo me refiero al Provincial sino también al Municipal ha dejado que desear por las políticas en Seguridad de Playas, pues el clientelismo político ha conspirado justamente sobre este tema.
Perteneciendo a una ONG que se dedica a la Investigación y Gestión sobre la Seguridad en las prácticas acuáticas y cuyos trabajos son reconocidos en el área específica. No encontramos el más mínimo apoyo en los Gobiernos, teniendo que recurrir para el desarrollo de nuestros trabajos a Empresas que quieran colaborar en ese sentido.
Pues el compromiso en promover el progreso para mejorar la calidad de vida e interactuar en este caso en el mar con el menor riesgo no debe quedar en dichos populares que se manifiestan en expresiones ante la falta de conocimientos.
Lic. Alberto Méndez
UGM
viernes, 7 de mayo de 2010
Secretario de Comunicación y Difusión: Juan Carlos Giuliani
Publicacion solitada-
Libertad y democracia sindical
“Es insostenible la posición oficial de desconocer la demanda de la CTA”
[4/05/2010 - ACTA] Por Sabrina Roth y Mariano Vázquez. La conducción en pleno de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), encabezada por su secretario general Hugo Yasky, junto con representantes de 22 organizaciones que reclaman su personería gremial recibieron hoy a la Misión de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que visita nuestro país y expusieron sólidos argumentos por el cual el reclamo de legalidad para la CTA no se puede dilatar más.
Apenas pasadas las 14 la delegación de la OIT, integrada por los expertos Cleopatra Dumpia, Horacio Guido y Alberto Odero, ingresó a la sede nacional de la Central, en la calle Piedras 1065. En el salón Azul miembros de la Mesa Nacional y dirigentes de organizaciones no reconocidas en la Argentina aguardaban esta visita.
“Para nosotros es un hecho trascendente porque por primer vez en la historia del sindicalismo una Misión de esta naturaleza viene a comprobar esta situación. Ahora esperamos que la OIT elabore un informe que diga los pasos que deba dar el Gobierno Nacional para que el Convenio 87 (sobre Libertad y Democracia Sindical) se ponga en marcha en la Argentina”, sostuvo Hugo Yasky al termino de la reunión que se extendió por espacio de tres horas.
“Hay una cuenta regresiva ante la respuesta negativa del Gobierno; es insostenible la posición oficial de seguir desconociendo los informes de la OIT y la demanda de la CTA”, amplió el dirigente
La apertura del encuentro estuvo a cargo de Yasky, quien recordó que la solicitud de Personería Gremial “ya lleva casi 5 años de demorado trámite”, al tiempo que destacó que “no podemos dejar de acompañar este esfuerzo personal de ustedes y de la Oficina de la OIT, a pesar de que tenemos un fundado escepticismo en cuanto a que el pedido de asistencia técnica presentada por el Gobierno Argentino a último momento, tuvo por finalidad evitar el `doble pie de página’ en el Informe de la Comisión de Expertos con el fin de postergar el tratamiento del caso argentino en la Comisión de Normas de la próxima Conferencia” que se llevará a cabo en junio próximo.
Recordó que “la CTA lleva desde su fundación, hace casi dos décadas, una lucha incesante por la libertad y la democracia sindical en la Argentina” que se resume “a, ni más ni menos, que exigir el cumplimiento de la Constitución Nacional”
Yasky señaló aspectos sustantivos que lesionan el ejercicio de los derechos sindicales. Los sindicatos simplemente inscriptos no pueden recaudar las cuotas de sus afiliados a través de la retención directa de la nómina salarial; no pueden participar en las elecciones de delegados del personal; no tienen fueros sindicales por “la inacción de parte de las autoridades en enviar al Congreso el proyecto de ley que adecue la ley argentina al Convenio de la OIT”.
“El trámite (por la Personería Gremial) tiene más de 20 cuerpos de una tramitación absolutamente inútil, que no hace más que dilatar el pronunciamiento administrativo, que no podría ser sino favorable a nuestra petición, porque contamos con toda la razón, jurídica, política y ética”, subrayó Yasky.
No somos iguales
Posteriormente integrantes del Observatorio Jurídico y Social de la CTA, encabezados por Horacio Meguira informaron con precisión la historia de la demanda de la CTA, el recorrido del trámite legal y la situación preocupante en la que se encuentran miles de organizaciones.
Remarcaron que durante el año pasado se registraron 358 denuncias por violaciones a la libertad sindical en todo el país y el 37% de ellas fueron por "actos de violencia cometidos contra trabajadores con motivo de la realización de actividades gremiales".
También fueron respondidas todas las consultas realizadas por el grupo de expertos de la OIT.
Luego Pablo Micheli, secretario Adjunto de la CTA, remarcó: “La Personería Gremial y la Libertad Sindical no es una lucha estrictamente sindical, tiene que ver con la democracia porque en la diversidad está la vida y el unicato y la unicidad han sido derrotados a lo largo de la vida”.
“Nosotros no decimos -detalló- que los 10 millones de trabajadores sin derechos a agremiarse tienen que ser de la CTA, sino que se afilien donde lo deseen, esa es a democracia”.
Para Pedro Wasiejko, secretario Adjunto, “el encuentro fue sumamente productivo porque la comitiva de expertos de la OIT tuvieron la oportunidad de escuchar de primera mano cómo la falta de personería gremial afecta a los trabajadores de carne y hueso que no piden más que tener organizaciones que realmente los representen. Y, solamente con la adecuación de la legislación se puede garantizar la igualdad de derechos para todos los trabajadores”.
En tanto que Daniel Jorajuria, miembro de la Mesa Nacional de la CTA y dirigente de una organización simplemente inscripta como la Nueva Organización Gastronómica “en este país no se protege el derecho de asociación, sólo el 12% de las empresas tiene representación en los lugares de trabajo”. Y agregó: “Para colmo hay discriminación porque en el Estado hay pluralidad y en el sector privado no”.
Su par José Rigane, titular de la Federación de Trabajadores de la Energía (FeTERA-CTA), dijo que el reconocimiento en la Argentina de los derecho sindicales “es esencialmente una decisión política” y para “los trabajadores y organizaciones que no están reconocidas significa persecución, discriminación, despido, y no reconocimiento”.
En la propia piel
Los testimonios de 22 representantes de organizaciones de todo el país que no tienen Personería Gremial marcaron cómo los trabajadores y sus familias sufren en carne propia la falta de derechos.
Trabajadores mineros, de supermercados, de la salud privada, motoqueros y deliverys, de la industria del pescado, taxistas, de subterráneos, textiles, del plástico, comercio, gastronómicos, entre otros, brindaron a los expertos de la OIT herramientas de gran valor, en primera persona, sobre los abusos patronales.
José Leiva, secretario general de la Organización Sindical de Mineros Argentinos (OSMA-CTA) de San Juan, explicó: “Ante la inacción de quienes están hace varios años nació nuestra necesidad de organizarnos, con el consenso de la mayoría de nuestros compañeros, y a pesar de los palos que ponía la propia empresa y el otro gremio”.
Otro ejemplo fue el de Roberto Villaola, de la Unión de Trabajadores de la Pesca y Afines (UTPyA-CTA) de Mar del Plata, quien sostuvo que “esta asociación nace como consecuencia de la falta de cumplimiento a la normativa legal a más de 9.000 trabajadores. Hay discriminación, hoy los patrones definen que trabajador puede trabajar y cual no”.
Asimismo Jorge Yabkowksi, miembro de la Mesa Nacional de la CTA y presidente de FeSProSa, ratificó la denuncia de la federación ante la OIT “contra los gobiernos de Tucumán, Mendoza y Córdoba por violaciones reiteradas a la libertad sindical”. También señaló “la demora inexplicable del Ministerio de Trabajo de la Nación en el otorgamiento de la inscripción gremial a los sindicatos de profesionales de la salud de Corrientes, Neuquén, Catamarca y Chaco, con trámites que llevan de dos a cinco años sin resolución”.
Alta representación
Estuvieron presentes en el encuentro los dirigentes Víctor Mendibil, Juan Carlos Giuliani, Victorio Paulón, Stella Maldonado, Gustavo Rolandi, Cecilia Martínez, Daniel Barragán, Silvia León, Alejandra Angriman, Lidia Meza, José María Urreli, Norberto Gonzalo, Cristina Cabrera, Hugo Godoy y Roberto Baradel, entre otros.
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Libertad y democracia sindical
“Es insostenible la posición oficial de desconocer la demanda de la CTA”
[4/05/2010 - ACTA] Por Sabrina Roth y Mariano Vázquez. La conducción en pleno de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), encabezada por su secretario general Hugo Yasky, junto con representantes de 22 organizaciones que reclaman su personería gremial recibieron hoy a la Misión de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que visita nuestro país y expusieron sólidos argumentos por el cual el reclamo de legalidad para la CTA no se puede dilatar más.
Apenas pasadas las 14 la delegación de la OIT, integrada por los expertos Cleopatra Dumpia, Horacio Guido y Alberto Odero, ingresó a la sede nacional de la Central, en la calle Piedras 1065. En el salón Azul miembros de la Mesa Nacional y dirigentes de organizaciones no reconocidas en la Argentina aguardaban esta visita.
“Para nosotros es un hecho trascendente porque por primer vez en la historia del sindicalismo una Misión de esta naturaleza viene a comprobar esta situación. Ahora esperamos que la OIT elabore un informe que diga los pasos que deba dar el Gobierno Nacional para que el Convenio 87 (sobre Libertad y Democracia Sindical) se ponga en marcha en la Argentina”, sostuvo Hugo Yasky al termino de la reunión que se extendió por espacio de tres horas.
“Hay una cuenta regresiva ante la respuesta negativa del Gobierno; es insostenible la posición oficial de seguir desconociendo los informes de la OIT y la demanda de la CTA”, amplió el dirigente
La apertura del encuentro estuvo a cargo de Yasky, quien recordó que la solicitud de Personería Gremial “ya lleva casi 5 años de demorado trámite”, al tiempo que destacó que “no podemos dejar de acompañar este esfuerzo personal de ustedes y de la Oficina de la OIT, a pesar de que tenemos un fundado escepticismo en cuanto a que el pedido de asistencia técnica presentada por el Gobierno Argentino a último momento, tuvo por finalidad evitar el `doble pie de página’ en el Informe de la Comisión de Expertos con el fin de postergar el tratamiento del caso argentino en la Comisión de Normas de la próxima Conferencia” que se llevará a cabo en junio próximo.
Recordó que “la CTA lleva desde su fundación, hace casi dos décadas, una lucha incesante por la libertad y la democracia sindical en la Argentina” que se resume “a, ni más ni menos, que exigir el cumplimiento de la Constitución Nacional”
Yasky señaló aspectos sustantivos que lesionan el ejercicio de los derechos sindicales. Los sindicatos simplemente inscriptos no pueden recaudar las cuotas de sus afiliados a través de la retención directa de la nómina salarial; no pueden participar en las elecciones de delegados del personal; no tienen fueros sindicales por “la inacción de parte de las autoridades en enviar al Congreso el proyecto de ley que adecue la ley argentina al Convenio de la OIT”.
“El trámite (por la Personería Gremial) tiene más de 20 cuerpos de una tramitación absolutamente inútil, que no hace más que dilatar el pronunciamiento administrativo, que no podría ser sino favorable a nuestra petición, porque contamos con toda la razón, jurídica, política y ética”, subrayó Yasky.
No somos iguales
Posteriormente integrantes del Observatorio Jurídico y Social de la CTA, encabezados por Horacio Meguira informaron con precisión la historia de la demanda de la CTA, el recorrido del trámite legal y la situación preocupante en la que se encuentran miles de organizaciones.
Remarcaron que durante el año pasado se registraron 358 denuncias por violaciones a la libertad sindical en todo el país y el 37% de ellas fueron por "actos de violencia cometidos contra trabajadores con motivo de la realización de actividades gremiales".
También fueron respondidas todas las consultas realizadas por el grupo de expertos de la OIT.
Luego Pablo Micheli, secretario Adjunto de la CTA, remarcó: “La Personería Gremial y la Libertad Sindical no es una lucha estrictamente sindical, tiene que ver con la democracia porque en la diversidad está la vida y el unicato y la unicidad han sido derrotados a lo largo de la vida”.
“Nosotros no decimos -detalló- que los 10 millones de trabajadores sin derechos a agremiarse tienen que ser de la CTA, sino que se afilien donde lo deseen, esa es a democracia”.
Para Pedro Wasiejko, secretario Adjunto, “el encuentro fue sumamente productivo porque la comitiva de expertos de la OIT tuvieron la oportunidad de escuchar de primera mano cómo la falta de personería gremial afecta a los trabajadores de carne y hueso que no piden más que tener organizaciones que realmente los representen. Y, solamente con la adecuación de la legislación se puede garantizar la igualdad de derechos para todos los trabajadores”.
En tanto que Daniel Jorajuria, miembro de la Mesa Nacional de la CTA y dirigente de una organización simplemente inscripta como la Nueva Organización Gastronómica “en este país no se protege el derecho de asociación, sólo el 12% de las empresas tiene representación en los lugares de trabajo”. Y agregó: “Para colmo hay discriminación porque en el Estado hay pluralidad y en el sector privado no”.
Su par José Rigane, titular de la Federación de Trabajadores de la Energía (FeTERA-CTA), dijo que el reconocimiento en la Argentina de los derecho sindicales “es esencialmente una decisión política” y para “los trabajadores y organizaciones que no están reconocidas significa persecución, discriminación, despido, y no reconocimiento”.
En la propia piel
Los testimonios de 22 representantes de organizaciones de todo el país que no tienen Personería Gremial marcaron cómo los trabajadores y sus familias sufren en carne propia la falta de derechos.
Trabajadores mineros, de supermercados, de la salud privada, motoqueros y deliverys, de la industria del pescado, taxistas, de subterráneos, textiles, del plástico, comercio, gastronómicos, entre otros, brindaron a los expertos de la OIT herramientas de gran valor, en primera persona, sobre los abusos patronales.
José Leiva, secretario general de la Organización Sindical de Mineros Argentinos (OSMA-CTA) de San Juan, explicó: “Ante la inacción de quienes están hace varios años nació nuestra necesidad de organizarnos, con el consenso de la mayoría de nuestros compañeros, y a pesar de los palos que ponía la propia empresa y el otro gremio”.
Otro ejemplo fue el de Roberto Villaola, de la Unión de Trabajadores de la Pesca y Afines (UTPyA-CTA) de Mar del Plata, quien sostuvo que “esta asociación nace como consecuencia de la falta de cumplimiento a la normativa legal a más de 9.000 trabajadores. Hay discriminación, hoy los patrones definen que trabajador puede trabajar y cual no”.
Asimismo Jorge Yabkowksi, miembro de la Mesa Nacional de la CTA y presidente de FeSProSa, ratificó la denuncia de la federación ante la OIT “contra los gobiernos de Tucumán, Mendoza y Córdoba por violaciones reiteradas a la libertad sindical”. También señaló “la demora inexplicable del Ministerio de Trabajo de la Nación en el otorgamiento de la inscripción gremial a los sindicatos de profesionales de la salud de Corrientes, Neuquén, Catamarca y Chaco, con trámites que llevan de dos a cinco años sin resolución”.
Alta representación
Estuvieron presentes en el encuentro los dirigentes Víctor Mendibil, Juan Carlos Giuliani, Victorio Paulón, Stella Maldonado, Gustavo Rolandi, Cecilia Martínez, Daniel Barragán, Silvia León, Alejandra Angriman, Lidia Meza, José María Urreli, Norberto Gonzalo, Cristina Cabrera, Hugo Godoy y Roberto Baradel, entre otros.
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martes, 4 de mayo de 2010
VERANO 2010: II Cumbre de guardavidas disidentes de la Costa Atlántica y Buenos Aires
VERANO 2010: II Cumbre de guardavidas disidentes de la Costa Atlántica y Buenos Aires
En la Ciudad de Villa Gesell se llevó a cabo la II Cumbre de Guardavidas Disidentes de la Costa Atlántica y Buenos Aires, organizada en esta oportunidad por la Unión de Guardavidas de Villa Gesell (UGVG). Asistieron a la Asamblea de formato abierto, además de los anfitriones, La Asoc. De Guardavidas de Pinamar (AGP), el Sindicato de Guardavidas de Buenos Aires (SGBA), La Unión de Guardavidas del Partido de la Costa(UGPC), Guardavidas de Miramar y el Si.GU.CA de Necochea y Quequén.
La idea aglutinante tanto de la 1ra como de la 2da. Cumbre consiste en la conformación de un BLOQUE de asociaciones sindicales de guardavidas de toda la costa que comparten premisas comunes: la libertad sindical, la lucha contra los despidos discriminatorios, las reivindicaciones salariales y mejoras en las condiciones laborales y en los operativos de seguridad, las asambleas abiertas y la dirección desde las bases de trabajadores en contraposición al verticalismo y patronazgo que impera en los otros sindicatos representativos de la actividad.
Un tema acerca del cual la Asamblea se expidió fue el apoyo incondicional del Bloque a los compañeros del Partido de la Costa reprimidos por la autoridad policial los días pasados. Al respecto se disertó acerca de la viabilidad y conveniencia de las medidas de acción directa.
En otro orden de cosas, la Asociación de Guardavidas de Pinamar expuso el largo camino recorrido hacia la obtención de la personería gremial. Trámite que se encuentra listo para el dictamen de la Autoridad de Aplicación.
Finalmente la agrupaciones reafirmaron su compromiso en la lucha frente a los despidos discriminatorios y la persecución política que los trabajadores están sufriendo en de todo el frente costero. 6 guardavidas despedidos en Necochea; 3 en Villa Gesell; 5 en el Partido de la Costa, 1 en Miramar.
La asamblea concluyó con la firma por parte de cada uno de los Secretarios Generales del acta y con el compromiso de organizar una 3ra Cumbre con fecha a confirmar.
Luego, Representantes de SI.GU.CA. de Necochea y de la AGVG explicaron a los medios televisivos locales los alcances y objetivos de la Cumbre.
En la Ciudad de Villa Gesell se llevó a cabo la II Cumbre de Guardavidas Disidentes de la Costa Atlántica y Buenos Aires, organizada en esta oportunidad por la Unión de Guardavidas de Villa Gesell (UGVG). Asistieron a la Asamblea de formato abierto, además de los anfitriones, La Asoc. De Guardavidas de Pinamar (AGP), el Sindicato de Guardavidas de Buenos Aires (SGBA), La Unión de Guardavidas del Partido de la Costa(UGPC), Guardavidas de Miramar y el Si.GU.CA de Necochea y Quequén.
La idea aglutinante tanto de la 1ra como de la 2da. Cumbre consiste en la conformación de un BLOQUE de asociaciones sindicales de guardavidas de toda la costa que comparten premisas comunes: la libertad sindical, la lucha contra los despidos discriminatorios, las reivindicaciones salariales y mejoras en las condiciones laborales y en los operativos de seguridad, las asambleas abiertas y la dirección desde las bases de trabajadores en contraposición al verticalismo y patronazgo que impera en los otros sindicatos representativos de la actividad.
Un tema acerca del cual la Asamblea se expidió fue el apoyo incondicional del Bloque a los compañeros del Partido de la Costa reprimidos por la autoridad policial los días pasados. Al respecto se disertó acerca de la viabilidad y conveniencia de las medidas de acción directa.
En otro orden de cosas, la Asociación de Guardavidas de Pinamar expuso el largo camino recorrido hacia la obtención de la personería gremial. Trámite que se encuentra listo para el dictamen de la Autoridad de Aplicación.
Finalmente la agrupaciones reafirmaron su compromiso en la lucha frente a los despidos discriminatorios y la persecución política que los trabajadores están sufriendo en de todo el frente costero. 6 guardavidas despedidos en Necochea; 3 en Villa Gesell; 5 en el Partido de la Costa, 1 en Miramar.
La asamblea concluyó con la firma por parte de cada uno de los Secretarios Generales del acta y con el compromiso de organizar una 3ra Cumbre con fecha a confirmar.
Luego, Representantes de SI.GU.CA. de Necochea y de la AGVG explicaron a los medios televisivos locales los alcances y objetivos de la Cumbre.
Guardavidas: Pinamar apoya, la provincia desmiente -Enero de 2010
lunes 18 de enero de 2010
Guardavidas: Pinamar apoya, la provincia desmiente
Denuncian falta de elementos para trabajar y salarios muy por debajo de lo que marca el Convenio Colectivo. En tanto, la Provincia niega problemas.
Pinamar (por Sergio Michnowicz).- Integrantes de la Asociación de Guardavidas de Pinamar viajaron a Las Toninas, para tomar contacto con los trabajadores del sector que se encuentran en pie de guerra, producto de años de desidia y falta de compromiso de las autoridades para mejorar la calidad de un servicio que es esencial en la época veraniega.
Fernando Espinach, Secretario Adjunto de la entidad gremial, explicó a EL MENSAJERO (PINAMAR) que “los compañeros no hicieron un paro, sino una movilización hacia la ruta como una medida desesperada para plantear un reclamo de larga data. La Costa sufre 20 años de desidia y abandono donde las condiciones laborales, no sólo salariales, la distribución de los guardavidas en la costa, los elementos de trabajo que tienen, la coordinación del operativo de seguridad en playas... ¡La cantidad de muertos que tienen por temporada! El año pasado tuvieron 11 muertos producto del desastre que tiene ese operativo que, a su vez, no es un problema presupuestario.”“No es una tema que se resuelve poniendo más dinero. Hay cuestiones profesionales y de ordenamiento de la Municipalidad de La Costa que hacen que ese operativo funcione realmente mal. Y que, pese a todos los esfuerzos que están haciendo los guardavidas por mantenerlo, porque ahí sí, si no fueran por estos mismos que se convocaron -y que terminaron en los hechos que desembocaron en la refriega policial- se hubiera caído hace rato el operativo...”“Además, para que tenga una idea, no se sabe cuántos guardavidas están trabajando en La Costa.
Sí se sabe cuánto es el presupuesto, pero después el modo como se ejecuta es un vacío total. En el corte que se hizo frente a Las Toninas se acercaron algunos concejales que conforman un grupo de ediles recientemente electos y que están hondamente preocupados por la situación. No sólo por la cuestión de persecución o situación laboral, sino por el estado desastroso en el que se encuentra todo el operativo de seguridad en playas.”Por su parte, Gastón Zelaya, Secretario General de la Asociación de Guardavidas de Pinamar, opinó que “el conflicto allí es mucho; estuvimos enterándonos de cosas como por ejemplo que no saben cuántos guardavidas hay afectados al Operativo de Seguridad en Playas, no hay listados, nunca firman un ingreso o egreso, y sospechan de los sueldos que puede haber por sobre la nómina que nadie tiene. Además de carencia de elementos de trabajo, de una programación, lugares donde faltan guardavidas.... Es una situación muy crítica y precarizada.”- ¿Podría este conflicto repercutir en la región?- Si bien somos sindicatos hermanos, la situación de Pinamar es otra. No está planteando una medida a corto plazo en conjunto, pero sí han apoyado a La Costa los compañeros de la Unión de Villa Gesell que están junto a nosotros en la AGP como también los compañeros de otras localidades como Aguas Verdes, La Lucila, etc. que confluyeron en Las Toninas. Hay una gran hermandad de sindicatos que estamos en la misma situación peleando por mejorar nuestra situación.Magros salariosEl reclamo fue sostenido por guardavidas de las localidades de San Clemente, Las Toninas, Santa Teresita, Mar del Tuyú, Costa del Este, Aguas Verdes, La Lucila, Costa Azul, San Bernardo y Mar de Ajó. Víctor Belmartino, referente de la organización sindical que nuclea a los guardavidas explicó que “como se trata de convenios por temporada los trabajadores que se desempeñaron durante un año tienen prioridad al siguiente. Eso no ha sido respetado por la Municipalidad, que dejó en la calle a seis compañeros.”Además, denunció que el Partido de La Costa abona salarios de alrededor de $ 1500 cuando el Convenio Colectivo vigente establece que sueldos superiores a los $ 4500.Los representantes de los guardavidas reclaman la reincorporación de 5 compañeros que están cesantes, los cuales fueron despedidos «arbitrariamente» por haber denunciado que faltaban elementos como «mangrullos, más recursos humanos, sogas y prismáticos» según declaraciones de Víctor Belmartino, de la Unión de Guardavidas del Partido de la Costa, quien además dijo: «no está garantizada la seguridad del bañista» porque los guardavidas no cuentan con los elementos básicos necesarios para hacer los rescates en el mar, aunque afirmó que «la atención de las playas» no dejó de hacerse.«El Municipio incumple la ley y le pidió que al Intendente (N de R: Juan Pablo de Jesús) que reestablezca en su puesto a guardavidas que tienen 18 años de trabajo».
Comunicado oficial (?¡?)
Por su parte la Comisión Provincial de Gaudavidas emitió el siguiente comunicado.
“Vista la información errónea que apareció en el día de ayer en un medio de prensa de gráfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que luego fue reproducida por otros medios de prensa radiales sobre un supuesto “paro” de guardavidas en el Municipio Urbano de la Costa, la Comisión Provincial de Guardavidas de la Provincia de Buenos Aires deja constancia que no existió, ni existen expectativas de quite de colaboración de trabajadores guardavidas en el mencionado municipio, como así tampoco en ningún punto de la Costa Atlántica Bonaerense.A pesar de la importante afluencia de turistas, la temporada estival se está desarrollando con total normalidad laboral.”
Guardavidas: Pinamar apoya, la provincia desmiente
Denuncian falta de elementos para trabajar y salarios muy por debajo de lo que marca el Convenio Colectivo. En tanto, la Provincia niega problemas.
Pinamar (por Sergio Michnowicz).- Integrantes de la Asociación de Guardavidas de Pinamar viajaron a Las Toninas, para tomar contacto con los trabajadores del sector que se encuentran en pie de guerra, producto de años de desidia y falta de compromiso de las autoridades para mejorar la calidad de un servicio que es esencial en la época veraniega.
Fernando Espinach, Secretario Adjunto de la entidad gremial, explicó a EL MENSAJERO (PINAMAR) que “los compañeros no hicieron un paro, sino una movilización hacia la ruta como una medida desesperada para plantear un reclamo de larga data. La Costa sufre 20 años de desidia y abandono donde las condiciones laborales, no sólo salariales, la distribución de los guardavidas en la costa, los elementos de trabajo que tienen, la coordinación del operativo de seguridad en playas... ¡La cantidad de muertos que tienen por temporada! El año pasado tuvieron 11 muertos producto del desastre que tiene ese operativo que, a su vez, no es un problema presupuestario.”“No es una tema que se resuelve poniendo más dinero. Hay cuestiones profesionales y de ordenamiento de la Municipalidad de La Costa que hacen que ese operativo funcione realmente mal. Y que, pese a todos los esfuerzos que están haciendo los guardavidas por mantenerlo, porque ahí sí, si no fueran por estos mismos que se convocaron -y que terminaron en los hechos que desembocaron en la refriega policial- se hubiera caído hace rato el operativo...”“Además, para que tenga una idea, no se sabe cuántos guardavidas están trabajando en La Costa.
Sí se sabe cuánto es el presupuesto, pero después el modo como se ejecuta es un vacío total. En el corte que se hizo frente a Las Toninas se acercaron algunos concejales que conforman un grupo de ediles recientemente electos y que están hondamente preocupados por la situación. No sólo por la cuestión de persecución o situación laboral, sino por el estado desastroso en el que se encuentra todo el operativo de seguridad en playas.”Por su parte, Gastón Zelaya, Secretario General de la Asociación de Guardavidas de Pinamar, opinó que “el conflicto allí es mucho; estuvimos enterándonos de cosas como por ejemplo que no saben cuántos guardavidas hay afectados al Operativo de Seguridad en Playas, no hay listados, nunca firman un ingreso o egreso, y sospechan de los sueldos que puede haber por sobre la nómina que nadie tiene. Además de carencia de elementos de trabajo, de una programación, lugares donde faltan guardavidas.... Es una situación muy crítica y precarizada.”- ¿Podría este conflicto repercutir en la región?- Si bien somos sindicatos hermanos, la situación de Pinamar es otra. No está planteando una medida a corto plazo en conjunto, pero sí han apoyado a La Costa los compañeros de la Unión de Villa Gesell que están junto a nosotros en la AGP como también los compañeros de otras localidades como Aguas Verdes, La Lucila, etc. que confluyeron en Las Toninas. Hay una gran hermandad de sindicatos que estamos en la misma situación peleando por mejorar nuestra situación.Magros salariosEl reclamo fue sostenido por guardavidas de las localidades de San Clemente, Las Toninas, Santa Teresita, Mar del Tuyú, Costa del Este, Aguas Verdes, La Lucila, Costa Azul, San Bernardo y Mar de Ajó. Víctor Belmartino, referente de la organización sindical que nuclea a los guardavidas explicó que “como se trata de convenios por temporada los trabajadores que se desempeñaron durante un año tienen prioridad al siguiente. Eso no ha sido respetado por la Municipalidad, que dejó en la calle a seis compañeros.”Además, denunció que el Partido de La Costa abona salarios de alrededor de $ 1500 cuando el Convenio Colectivo vigente establece que sueldos superiores a los $ 4500.Los representantes de los guardavidas reclaman la reincorporación de 5 compañeros que están cesantes, los cuales fueron despedidos «arbitrariamente» por haber denunciado que faltaban elementos como «mangrullos, más recursos humanos, sogas y prismáticos» según declaraciones de Víctor Belmartino, de la Unión de Guardavidas del Partido de la Costa, quien además dijo: «no está garantizada la seguridad del bañista» porque los guardavidas no cuentan con los elementos básicos necesarios para hacer los rescates en el mar, aunque afirmó que «la atención de las playas» no dejó de hacerse.«El Municipio incumple la ley y le pidió que al Intendente (N de R: Juan Pablo de Jesús) que reestablezca en su puesto a guardavidas que tienen 18 años de trabajo».
Comunicado oficial (?¡?)
Por su parte la Comisión Provincial de Gaudavidas emitió el siguiente comunicado.
“Vista la información errónea que apareció en el día de ayer en un medio de prensa de gráfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que luego fue reproducida por otros medios de prensa radiales sobre un supuesto “paro” de guardavidas en el Municipio Urbano de la Costa, la Comisión Provincial de Guardavidas de la Provincia de Buenos Aires deja constancia que no existió, ni existen expectativas de quite de colaboración de trabajadores guardavidas en el mencionado municipio, como así tampoco en ningún punto de la Costa Atlántica Bonaerense.A pesar de la importante afluencia de turistas, la temporada estival se está desarrollando con total normalidad laboral.”
CLUB DEL PROGRESO DESPIDE A GUARDAVIDAS CON TUTELA SINDICAL
CLUB DEL PROGRESO DESPIDE A GUARDAVIDAS CON TUTELA SINDICAL
11 February 2010
Written by: Reporte Sindical Posted under Noticias
El Club del Progreso de General Roca despidió al guardavidas Silvio Garrido -aduciendo falta de colaboración e indisciplina- a pesar que el trabajador fue, hasta noviembre de 2009,delegado gremial del Sindicato Único de Guardavidas y Afines.
La normativa vigente establece que un delegado gremial goza de tutela sindical hasta un año después de finalizado su mandato. La tutela sindical es la protección que la ley otorga a un delegado sindical para el desarrollo de sus funciones y consiste en la prohibición al empleador de suspender, despedir y modificar sus condiciones de Trabajo. En ambos casos, el empleador debe realizar un Juicio Sumarísimo por exclusión de tutela sindical y el Juez Laboral autorizar tal medida.
El interventor de la institución adujo “falta de lealtad con el club y conducta agresiva”. Garrido explicó que “las acciones persecutorias se intensificaron cuando solicitó –haciendo uso de sus facultades- una inspección de la Secretaría de Trabajo en la institución.
“Me cambiaron el turno de trabajo de buenas a primeras” manifestó Garrido, “y me aplicaron un apercibimiento por el retiro de una escalera en la piscina, en un horario de mucha concurrencia donde ese elemento se convierte en un peligro, en realidad inventaron una excusa para sancionarme”, cerró.
Ahora el ex delegado podrá interponer el correspondiente amparo sindical tendiente a lograr la restitución de las condiciones laborales.
11 February 2010
Written by: Reporte Sindical Posted under Noticias
El Club del Progreso de General Roca despidió al guardavidas Silvio Garrido -aduciendo falta de colaboración e indisciplina- a pesar que el trabajador fue, hasta noviembre de 2009,delegado gremial del Sindicato Único de Guardavidas y Afines.
La normativa vigente establece que un delegado gremial goza de tutela sindical hasta un año después de finalizado su mandato. La tutela sindical es la protección que la ley otorga a un delegado sindical para el desarrollo de sus funciones y consiste en la prohibición al empleador de suspender, despedir y modificar sus condiciones de Trabajo. En ambos casos, el empleador debe realizar un Juicio Sumarísimo por exclusión de tutela sindical y el Juez Laboral autorizar tal medida.
El interventor de la institución adujo “falta de lealtad con el club y conducta agresiva”. Garrido explicó que “las acciones persecutorias se intensificaron cuando solicitó –haciendo uso de sus facultades- una inspección de la Secretaría de Trabajo en la institución.
“Me cambiaron el turno de trabajo de buenas a primeras” manifestó Garrido, “y me aplicaron un apercibimiento por el retiro de una escalera en la piscina, en un horario de mucha concurrencia donde ese elemento se convierte en un peligro, en realidad inventaron una excusa para sancionarme”, cerró.
Ahora el ex delegado podrá interponer el correspondiente amparo sindical tendiente a lograr la restitución de las condiciones laborales.
INFORMACION DEL SINDICATO DE GUARDAVIDAS DE NEUQUEN
Información General
Introducción:
El Sindicato de Guardavidas del Neuquén fue creado en febrero del año 2001. Varias fueron las causas que llevaron a la conformación del gremio: falta de un representante con peso legal para defender los derechos de los guardavidas, malestar generalizado debido a la inestabilidad laboral, desacuerdos en la metodología de las pruebas anuales de reválidas de títulos y aptitudes, falta de convenios colectivos, etc..
Dicha institución tiene como objetivo la defensa de los derechos laborales de los guardavidas, como también la predisposición de actuar como asesores técnicos ante los empleadores privados o públicos.
Cabe resaltar, que la mayoría de las personas, al menos los habitantes de la Provincia del Neuquén, que no tienen posibilidades de salir de vacaciones y que concurren a las costas más cercanas a sus hogares, no saben nadar, debido a distintos factores, como por ejemplo, a) las escasas instituciones públicas encargadas de la enseñanza de natación a la población común; b) la situación económica actual que impide concurrir a lugares privados para el aprendizaje de natación; c) falta de un plan nacional de natación, que considere a esta actividad dentro de los deportes obligatorios en las escuelas primarias y secundarias.
El guardavidas, es uno de los agentes primordiales, visualizados como inseparables con la seguridad de las personas en playas y natatorios. Son profesionales tras haber realizado un curso de un año de duración, con las siguientes asignaturas:
Natación y Entrenamiento,
Salvamento,
Tácticas y Estrategias de Rescate,
Vientos, Mareas y Navegación,
Reanimación Cardio respiratoria,
Primeros Auxilios,
Fisiología,
Anatomía,
Educación Sanitaria,
Responsabilidad Civil y Penal,
Ética Profesional y
Sicología Social,
y con períodos de guardias y prácticas profesionales, obtienen la habilitación correspondiente.
Son los encargados de prevenir accidentes, o hechos que puedan tornarse peligrosos, vigilar, supervisar, orientar y asistir técnica y profesionalmente a los bañistas dentro y fuera del ámbito acuático al que han sido asignados. Siendo conocedores de los peligros, prevenciones y de los medios de seguridad en el medio acuático y de playas, año tras año se capacitan constantemente, renovando sus conocimientos respecto de sus funciones. Sería importante prestar especial atención a que el guardavidas es el anfitrión por naturaleza de la playa. Y el turista, ante la posibilidad de cualquier consulta , recurre a él, tomándolo como referente del lugar. Este simple mecanismo lo convierte sin querer, en un importante agente turístico que todo municipio tiene a su disposición a todo lo largo de su playa, en contacto diario con el turista.
La preocupación por la vida del prójimo, es el motivo primordial por el cual la mayoría de los trabajadores guardavidas han realizado el curso respectivo.
(Guardavidas: trabajador profesional, agente de seguridad y prevención con capacidad técnico física, formado básicamente como socorrista auxiliar, especializado en el rescate acuático).
Ariel Hernán Tarifeño - Secretario General
SI.GU.NE.
Introducción:
El Sindicato de Guardavidas del Neuquén fue creado en febrero del año 2001. Varias fueron las causas que llevaron a la conformación del gremio: falta de un representante con peso legal para defender los derechos de los guardavidas, malestar generalizado debido a la inestabilidad laboral, desacuerdos en la metodología de las pruebas anuales de reválidas de títulos y aptitudes, falta de convenios colectivos, etc..
Dicha institución tiene como objetivo la defensa de los derechos laborales de los guardavidas, como también la predisposición de actuar como asesores técnicos ante los empleadores privados o públicos.
Cabe resaltar, que la mayoría de las personas, al menos los habitantes de la Provincia del Neuquén, que no tienen posibilidades de salir de vacaciones y que concurren a las costas más cercanas a sus hogares, no saben nadar, debido a distintos factores, como por ejemplo, a) las escasas instituciones públicas encargadas de la enseñanza de natación a la población común; b) la situación económica actual que impide concurrir a lugares privados para el aprendizaje de natación; c) falta de un plan nacional de natación, que considere a esta actividad dentro de los deportes obligatorios en las escuelas primarias y secundarias.
El guardavidas, es uno de los agentes primordiales, visualizados como inseparables con la seguridad de las personas en playas y natatorios. Son profesionales tras haber realizado un curso de un año de duración, con las siguientes asignaturas:
Natación y Entrenamiento,
Salvamento,
Tácticas y Estrategias de Rescate,
Vientos, Mareas y Navegación,
Reanimación Cardio respiratoria,
Primeros Auxilios,
Fisiología,
Anatomía,
Educación Sanitaria,
Responsabilidad Civil y Penal,
Ética Profesional y
Sicología Social,
y con períodos de guardias y prácticas profesionales, obtienen la habilitación correspondiente.
Son los encargados de prevenir accidentes, o hechos que puedan tornarse peligrosos, vigilar, supervisar, orientar y asistir técnica y profesionalmente a los bañistas dentro y fuera del ámbito acuático al que han sido asignados. Siendo conocedores de los peligros, prevenciones y de los medios de seguridad en el medio acuático y de playas, año tras año se capacitan constantemente, renovando sus conocimientos respecto de sus funciones. Sería importante prestar especial atención a que el guardavidas es el anfitrión por naturaleza de la playa. Y el turista, ante la posibilidad de cualquier consulta , recurre a él, tomándolo como referente del lugar. Este simple mecanismo lo convierte sin querer, en un importante agente turístico que todo municipio tiene a su disposición a todo lo largo de su playa, en contacto diario con el turista.
La preocupación por la vida del prójimo, es el motivo primordial por el cual la mayoría de los trabajadores guardavidas han realizado el curso respectivo.
(Guardavidas: trabajador profesional, agente de seguridad y prevención con capacidad técnico física, formado básicamente como socorrista auxiliar, especializado en el rescate acuático).
Ariel Hernán Tarifeño - Secretario General
SI.GU.NE.
CURSO DE ROSARIO
ABIERTA LA INSCRIPCION para el ciclo 2010 del CURSO del SINDICATO de GV de ROSARIO.
Título OFICIAL. Un año de duración.
1050 hs Cátedra. 600 hs de Entrenamiento Intensivo. Prácticas de MAR. Becas.
Sé un VERDADERO Guardavidas.
30 GV en actividad te CAPACITAN.
100% de Egresados trabajando (inclusive en la COSTA ATLÁNTICA). 60% en el Exterior (Europa).
Único con Capacitación LATINOAMERICANA.
Clases de REANIMACIÓN CARDIO-PULMONAR con protocolo Actualizado.
Nuestro Curso cuenta con 300 hs cátedra dedicadas al aprendizaje y el entrenamiento de las diferentes Técnicas de SALVAMENTO ACUÁTICO utilizadas y aprobadas en LATINOAMÉRICA, con lo que nuestros Egresados adquieren la MAYOR solvencia en los medios Líquidos, Mar, Ríos, Lagos, Lagunas, Piscinas y Natatorios.
También tenemos incorporado en nuestra Currícula la realización de actividades de integración y de recreación.
Los PICADOS más asperos son superados por nuestros aspirantes con Seguridad, Técnica, Aplomo y Excelencia, como consecuencia del aprendizaje y del entenamiento (sin necesidad de ser llevados a límites próximos a la arbitrariedad).
Única Escuela de Guardavidas donde se Aprenden Técnicas de Salvamento LATINOAMERICANAS. Técnicas de BRASIL, CUBA, NICARAGUA, etc.
Inscripción y consultas: Lu, Ma y Ju de 21 a 2230 hs en El LUCHADOR (Lima 1350)
Mi y Vi de 21 a 23 hs en Coop. Trabajadores en Lucha (Tucuman 1349)
Título OFICIAL. Un año de duración.
1050 hs Cátedra. 600 hs de Entrenamiento Intensivo. Prácticas de MAR. Becas.
Sé un VERDADERO Guardavidas.
30 GV en actividad te CAPACITAN.
100% de Egresados trabajando (inclusive en la COSTA ATLÁNTICA). 60% en el Exterior (Europa).
Único con Capacitación LATINOAMERICANA.
Clases de REANIMACIÓN CARDIO-PULMONAR con protocolo Actualizado.
Nuestro Curso cuenta con 300 hs cátedra dedicadas al aprendizaje y el entrenamiento de las diferentes Técnicas de SALVAMENTO ACUÁTICO utilizadas y aprobadas en LATINOAMÉRICA, con lo que nuestros Egresados adquieren la MAYOR solvencia en los medios Líquidos, Mar, Ríos, Lagos, Lagunas, Piscinas y Natatorios.
También tenemos incorporado en nuestra Currícula la realización de actividades de integración y de recreación.
Los PICADOS más asperos son superados por nuestros aspirantes con Seguridad, Técnica, Aplomo y Excelencia, como consecuencia del aprendizaje y del entenamiento (sin necesidad de ser llevados a límites próximos a la arbitrariedad).
Única Escuela de Guardavidas donde se Aprenden Técnicas de Salvamento LATINOAMERICANAS. Técnicas de BRASIL, CUBA, NICARAGUA, etc.
Inscripción y consultas: Lu, Ma y Ju de 21 a 2230 hs en El LUCHADOR (Lima 1350)
Mi y Vi de 21 a 23 hs en Coop. Trabajadores en Lucha (Tucuman 1349)
NUEVA AGRUPACION DE GUARDAVIDAS - SI.GU.BA.
Nuevo Sindicato de Guardavidas.
Capital Federal: Nuevo Sindicato de Guardavidas
[20/04/2010 - ACTA] El viernes 16 de abril por la noche, en la sede de la CTA Nacional, se realizó el acto constitutivo del Sindicato de Guardavidas de esta Ciudad. Junto a compañeros de distintas provincias y representantes la Mesa Ejecutiva de la CTA Capital y Nacional resolvieron crear esta nueva organización que buscará representar a los trabajadores de ese rubro dentro de la Ciudad de Buenos Aires y que será parte de la Central.
Con la presencia de compañeros de la Unión de Guardavidas del Partido de la Costa, de Villa Gesell, Guardavidas de Miramar, de Necochea, compañeros de Ensenada; de representantes de la Mesa Ejecutiva de la CTA Nacional y de la CTA Capital, se llevó a cabo el acto fundacional del Sindicato de Guardavidas de Buenos Aires (SiGuBA-CTA). Héctor Alberto Quiroga, secretario general del SiGuBA-CTA fue el encargado de presentar al resto de la comisión directiva y expresar algunas palabras. “Para nosotros es un día muy importante porque hoy reafirmamos no solamente el lanzamiento de un sindicato sino también la unión con los demás sindicatos de la costa”.
Capital Federal: Nuevo Sindicato de Guardavidas
[20/04/2010 - ACTA] El viernes 16 de abril por la noche, en la sede de la CTA Nacional, se realizó el acto constitutivo del Sindicato de Guardavidas de esta Ciudad. Junto a compañeros de distintas provincias y representantes la Mesa Ejecutiva de la CTA Capital y Nacional resolvieron crear esta nueva organización que buscará representar a los trabajadores de ese rubro dentro de la Ciudad de Buenos Aires y que será parte de la Central.
Con la presencia de compañeros de la Unión de Guardavidas del Partido de la Costa, de Villa Gesell, Guardavidas de Miramar, de Necochea, compañeros de Ensenada; de representantes de la Mesa Ejecutiva de la CTA Nacional y de la CTA Capital, se llevó a cabo el acto fundacional del Sindicato de Guardavidas de Buenos Aires (SiGuBA-CTA). Héctor Alberto Quiroga, secretario general del SiGuBA-CTA fue el encargado de presentar al resto de la comisión directiva y expresar algunas palabras. “Para nosotros es un día muy importante porque hoy reafirmamos no solamente el lanzamiento de un sindicato sino también la unión con los demás sindicatos de la costa”.
PUBLICACION DE LA U.G.V.G.-LA UNION
La Unión de Guardavidas de Villa Gesell se solidariza con los compañeros guardavidas que sin ninguna razón vinculada al trabajo o desempeño, ésta temporada no fueron incorporados al Cuerpo de Guardavidas de Villa Gesell.
Consideramos que las arbitrariedades a la hora de acceder al puesto de trabajo, deben terminar!
Por lo cual la UGVG durante el invierno presentó al Honorable Consejo Deliberante de Villa Gesell una propuesta de ordenanza municipal que generaba transparencia en el acceso a vacantes de puestos de trabajo y continuidad laboral para todos los guardavidas municipales.
De esta manera se intentaba evitar cualquier tipo de manipulación, discriminación, condicionamientos a través de los puestos de trabajo.
Creemos que el Cuerpo de Guardavidas de Villa Gesell se debe destacar por el nivel profesional de excelencia de sus trabajadores y no por cuestiones arcaicas que limiten la participación tanto política como sindical de sus trabajadores.
Es más, apostamos a la pluralidad y diversidad política. Brindamos por la creciente participación ciudadana que se está dando en nuestras playas y que nosotros, los guardavidas, elegimos! Tal es así que hoy hay dos sindicatos de guardavidas en Villa Gesell.
Por tales motivos no vamos a tolerar ningún despido o desvinculación de los guardavidas por cuestiones ajenas a su desempeño profesional.
La participación nos enriquece como trabajadores de esta manera logramos la “UNION” y venceremos a los fantasmas del pasado.
Comisión Directiva
Unión de Guardavidas de Villa Gesell
Consideramos que las arbitrariedades a la hora de acceder al puesto de trabajo, deben terminar!
Por lo cual la UGVG durante el invierno presentó al Honorable Consejo Deliberante de Villa Gesell una propuesta de ordenanza municipal que generaba transparencia en el acceso a vacantes de puestos de trabajo y continuidad laboral para todos los guardavidas municipales.
De esta manera se intentaba evitar cualquier tipo de manipulación, discriminación, condicionamientos a través de los puestos de trabajo.
Creemos que el Cuerpo de Guardavidas de Villa Gesell se debe destacar por el nivel profesional de excelencia de sus trabajadores y no por cuestiones arcaicas que limiten la participación tanto política como sindical de sus trabajadores.
Es más, apostamos a la pluralidad y diversidad política. Brindamos por la creciente participación ciudadana que se está dando en nuestras playas y que nosotros, los guardavidas, elegimos! Tal es así que hoy hay dos sindicatos de guardavidas en Villa Gesell.
Por tales motivos no vamos a tolerar ningún despido o desvinculación de los guardavidas por cuestiones ajenas a su desempeño profesional.
La participación nos enriquece como trabajadores de esta manera logramos la “UNION” y venceremos a los fantasmas del pasado.
Comisión Directiva
Unión de Guardavidas de Villa Gesell
INFORMACION DE ENERO DE 2010- SI.GU.CA.- NECOCHEA
El SINDICATO DE GUARDAVIDAS Y CARPEROS DE NECOCHEA Y QUEQUÉN (SI.GU.CA.)
El Sindicato de Guardavidas y Carperos convocó esta mañana a una conferencia de prensa en el SI.PRE.NE. con el fin de dar a conocer a toda la comunidad de Necochea, por intermedio de su voz, una serie de irregularidades que detectamos y tenemos la obligación de denunciar, referidas a la prestación del Servicio de Guardavidas en las playas de Necochea-Quequen
Oradores a cargo: Sr. Juan Lafforgue (Sec. Gral.), Sr. Guillermo Massa (Sec. De Prensa), Sr. Juan F. Raffaghelli (Sec. De Asuntos Laborales).
1.-Falta de guardavidas en espacio público. Incumplimiento por parte del Sr. Jefe de Playas Julio Ripamonti de la ordenanza municipal que reglamenta el servicio de guardavidas, así como también del Decreto Provincial toda vez que no estableció un puesto con guardavidas en el espacio público localizado entre el Balneario “el Muelle” y el Balneario “Sexto Sentido “ infringiendo las citadas normas que prescriben la obligatoriedad de 1 guardavidas cada 40 mts. En sectores de mayor afluencia.
Esta falta de apego a la norma por parte del Sr. Ripamonti pone en peligro la vida de los necochenses y turistas que frecuentan el sector, que además de concurrido presenta un peligroso canal. Que la situación se agrava puesto que en ese espacio público siempre hubo asignados guardavidas, la temporada pasada fueron 4 (2 guardavidas por turno).
No se trata de aumentar los recursos humanos porque al día de la fecha esos 4 guardavidas están asignados en la zona del Balneario Terrazas (donde ya existen 2 guardavidas privados que se suman a los 2 guardavidas privados del Balneario Tres Arroyos y a los 4 guardavidas municipales del sector de la calle 75).
La arbitrariedad del Sr. Ripamonti pone en peligro la vida de todos.
2.- Trasparencia de la Bolsa de Trabajo. La bolsa de trabajo de los guardavidas es manejada por la Asoc. De Guardavidas de Necochea y Quequén, sin embargo los aspirantes desconocen el lugar que ocupan en la misma y no son pocos los casos de adulteraciones en el orden de mérito.
Siendo la igualdad para el acceso al trabajo un derecho que consideramos supremo es que exigimos que la misma sea públicada año a año con el número de orden de cada aspirante incripto.
Al respecto promovimos acción judicial, habiendo intimado hoy mismo el Tribunal interviniente a la Asociación de Guardavidas para que acompañe el listado (sin adulteraciones) de aspirantes en el término de 5 días.
La trasparencia de la BOLSA DE TRABAJO es una cuestión esencial para eliminar los favoritismos y las elecciones a “dedo”. Esta cuestión no solo afecta a los guardavidas en actividad sino, además compromete el futuro de las nuevas generaciones de guardavidas.
3.- Retenciones indebidas: La Asociación de Guardavidas se encuentra practicando retenciones indebidas de cuota sindical y de aportes solidarios utilizando como agentes de retención a los Balnearios. Esto implica una flagrante violación de la ley de Asociaciones Sindicales puesto que los Empleadores deben actuar como agentes de retención de Sindicatos con personería Gremial no siendo el caso de la Asoc. De Guardavidas que posee inscripción simple.
En palabras claras: la Asoc. De guardavidas está realizando UNA ESTAFA y es nuestra obligación alertar a nuestros compañeros la gravedad de la situación.
4.- Persecución política. Finalmente expresamos nuestro repudio a los incontables hechos de persecución política llevados adelante por la Asociación de Guardavidas. Los más graves son los despidos de guardavidas a los que se les ha privado de su actividad dignificante: el trabajo. Estos son: los cuatro cesanteados de la Municipalidad y los 2 guardavidas despedidos del Balneario Terrazas.
5.- Carperos. Repudio a los Balnearios que infringen las normas laborales promoviendo el trabajo en negro de carperos y obligando al trabajo en jornadas de 10 a 12 hs sin francos compensatorios.
El Sindicato de Guardavidas y Carperos convocó esta mañana a una conferencia de prensa en el SI.PRE.NE. con el fin de dar a conocer a toda la comunidad de Necochea, por intermedio de su voz, una serie de irregularidades que detectamos y tenemos la obligación de denunciar, referidas a la prestación del Servicio de Guardavidas en las playas de Necochea-Quequen
Oradores a cargo: Sr. Juan Lafforgue (Sec. Gral.), Sr. Guillermo Massa (Sec. De Prensa), Sr. Juan F. Raffaghelli (Sec. De Asuntos Laborales).
1.-Falta de guardavidas en espacio público. Incumplimiento por parte del Sr. Jefe de Playas Julio Ripamonti de la ordenanza municipal que reglamenta el servicio de guardavidas, así como también del Decreto Provincial toda vez que no estableció un puesto con guardavidas en el espacio público localizado entre el Balneario “el Muelle” y el Balneario “Sexto Sentido “ infringiendo las citadas normas que prescriben la obligatoriedad de 1 guardavidas cada 40 mts. En sectores de mayor afluencia.
Esta falta de apego a la norma por parte del Sr. Ripamonti pone en peligro la vida de los necochenses y turistas que frecuentan el sector, que además de concurrido presenta un peligroso canal. Que la situación se agrava puesto que en ese espacio público siempre hubo asignados guardavidas, la temporada pasada fueron 4 (2 guardavidas por turno).
No se trata de aumentar los recursos humanos porque al día de la fecha esos 4 guardavidas están asignados en la zona del Balneario Terrazas (donde ya existen 2 guardavidas privados que se suman a los 2 guardavidas privados del Balneario Tres Arroyos y a los 4 guardavidas municipales del sector de la calle 75).
La arbitrariedad del Sr. Ripamonti pone en peligro la vida de todos.
2.- Trasparencia de la Bolsa de Trabajo. La bolsa de trabajo de los guardavidas es manejada por la Asoc. De Guardavidas de Necochea y Quequén, sin embargo los aspirantes desconocen el lugar que ocupan en la misma y no son pocos los casos de adulteraciones en el orden de mérito.
Siendo la igualdad para el acceso al trabajo un derecho que consideramos supremo es que exigimos que la misma sea públicada año a año con el número de orden de cada aspirante incripto.
Al respecto promovimos acción judicial, habiendo intimado hoy mismo el Tribunal interviniente a la Asociación de Guardavidas para que acompañe el listado (sin adulteraciones) de aspirantes en el término de 5 días.
La trasparencia de la BOLSA DE TRABAJO es una cuestión esencial para eliminar los favoritismos y las elecciones a “dedo”. Esta cuestión no solo afecta a los guardavidas en actividad sino, además compromete el futuro de las nuevas generaciones de guardavidas.
3.- Retenciones indebidas: La Asociación de Guardavidas se encuentra practicando retenciones indebidas de cuota sindical y de aportes solidarios utilizando como agentes de retención a los Balnearios. Esto implica una flagrante violación de la ley de Asociaciones Sindicales puesto que los Empleadores deben actuar como agentes de retención de Sindicatos con personería Gremial no siendo el caso de la Asoc. De Guardavidas que posee inscripción simple.
En palabras claras: la Asoc. De guardavidas está realizando UNA ESTAFA y es nuestra obligación alertar a nuestros compañeros la gravedad de la situación.
4.- Persecución política. Finalmente expresamos nuestro repudio a los incontables hechos de persecución política llevados adelante por la Asociación de Guardavidas. Los más graves son los despidos de guardavidas a los que se les ha privado de su actividad dignificante: el trabajo. Estos son: los cuatro cesanteados de la Municipalidad y los 2 guardavidas despedidos del Balneario Terrazas.
5.- Carperos. Repudio a los Balnearios que infringen las normas laborales promoviendo el trabajo en negro de carperos y obligando al trabajo en jornadas de 10 a 12 hs sin francos compensatorios.